Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 24-02-2026
Madrid (BOCM-20260224-48)
Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Proyecto reparcelación
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Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Proyecto reparcelaciónPág. 160
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 24 DE FEBRERO DE 2026
B.O.C.M. Núm. 46
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
48
MADRID
URBANISMO
Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad
BOCM-20260224-48
Anuncio del acuerdo de desestimación de alegaciones al Proyecto de Reparcelación
del Suelo Urbanizable Programado con ordenación pormenorizada 02.02 “Desarrollo del
Este-Los Cerros”. Distrito de Vicálvaro.
La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en sesión celebrada el día 12 de febrero de 2026 y en el expediente administrativo con número de referencia 511/2024/28742, ha
adoptado el siguiente Acuerdo:
Primero. Desestimar las alegaciones presentadas, durante el trámite de audiencia,
por don Francisco José Rey Gudín, con número de registro de entrada 20252070361, al Proyecto de Reparcelación del Suelo Urbanizable Programado con ordenación pormenorizada 02.02 “Desarrollo del Este-Los Cerros” en los términos del anexo II.a) del informe de la
Dirección General de Gestión Urbanística de 9 de febrero de 2026.
Segundo. Mantener el texto y la documentación del Proyecto de Reparcelación del
Suelo Urbanizable Programado con ordenación pormenorizada 02.02 “Desarrollo del EsteLos Cerros”, promovido por la Junta de Compensación del ámbito, en su redacción aprobada por Acuerdo de 22 de enero de 2026 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid.
Tercero. Notificar el acuerdo al interesado y publicarlo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID, en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Madrid y en uno de
los diarios de mayor difusión, de conformidad con lo establecido en el artículo 111 del Reglamento de Gestión Urbanística, aprobado por el Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto.
Lo que se publica para general conocimiento, significándose que este acuerdo pone fin
a la vía administrativa, pudiendo interponer contra el mismo recurso de reposición potestativo previo al contencioso-administrativo ante el mismo órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal de
Instancia de Madrid, en el plazo de dos meses, en ambos casos, a partir del día siguiente a
la fecha de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Artículos 30.4, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas (LPAC), artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13
de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y disposición adicional
primera de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de Medidas en materia de eficiencia del
Servicio Público de Justicia.
Todo ello, sin perjuicio de que las personas interesadas interpongan cualquier otro recurso que estimen pertinente (artículo 40.2 LPAC).
Madrid, a 18 de febrero de 2026.—La directora de la Oficina de la Secretaría de la Junta de Gobierno, Carmen Toscano Ramiro.
(02/2.700/26)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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