Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 25-02-2026
Tres Cantos (BOCM-20260225-63)
Organización y funcionamiento. Reglamento Uniones de Hecho
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Organización y funcionamiento. Reglamento Uniones de HechoBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 47
MIÉRCOLES 25 DE FEBRERO DE 2026
Pág. 231
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
63
TRES CANTOS
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
El Pleno municipal de Tres Cantos, en sesión ordinaria celebrada el día 25 de septiembre de 2025, acordó aprobar inicialmente la modificación parcial del Reglamento Municipal de Uniones de Hecho.
Expuesto al público dicho acuerdo y publicado anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID número 256, de fecha 27 de octubre de 2025, transcurrido el plazo de treinta días hábiles siguientes a la fecha de publicación sin que se hayan presentado
reclamaciones ni alegaciones al respecto, queda aprobada de forma definitiva y en consecuencia, se procede a la publicación de la modificación parcial del Reglamento Municipal
de Uniones de Hecho como anexo, entrando en vigor una vez transcurrido el plazo establecido en el artículo 65.2, de acuerdo con el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
ANEXO
Modificación del reglamento del registro de uniones de hecho del municipio de tres
cantos, concretamente su artículo 12.1, con el siguiente texto:
Donde dice:
“Artículo 12. Solicitud de las inscripciones de Constitución, Modificación y Complementarias.—1. La solicitud de inscripción de constitución se presentará personal y
conjuntamente por los miembros solicitantes de la unión de hecho ante el RMUH del Ayuntamiento de Tres Cantos. Además, deberán acudir acompañados de dos testigos mayores de
edad en el pleno ejercicio de sus derechos civiles, sin relación de parentesco con los solicitantes, con el fin de acreditar la previa convivencia libre, pública, notoria e ininterrumpida
durante, al menos, doce meses, en relación de afectividad.
a) La solicitud de inscripción de constitución deberá estar acompañada del original y
una fotocopia de la siguiente documentación:
b) modelo oficial de inscripción, modificación o extinción en el registro Municipal
de Uniones de Hecho del Ayuntamiento de Tres Cantos.
c) DNI, pasaporte o tarjeta de residencia en vigor de los solicitantes y testigos.
d) Acreditación de la emancipación, en el caso de menores.
e) Certificación de estado civil (con validez de tres meses desde su expedición):
1.
Españoles:
i) Solteros: certificado de estado civil.
ii) Divorciados, anulados (matrimonios de conveniencia, con menores, vínculos de
consaguinidad...), o separados judicialmente: certificado literal del matrimonio
anterior con la anotación marginal del divorcio, nulidad o separación judicial.
iii) Viudos: certificado literal del matrimonio anterior y certificado literal de defunción del cónyuge fallecido”.
“Artículo 12. Solicitud de las inscripciones de Constitución, Modificación y Complementarias.—1. La solicitud de inscripción de constitución se presentará personal y
conjuntamente por los miembros solicitantes de la unión de hecho ante el RMUH del Ayuntamiento de Tres Cantos. Además, deberán acudir acompañados de dos testigos mayores de
edad en el pleno ejercicio de sus derechos civiles, sin relación de parentesco con los solici-
BOCM-20260225-63
Debe decir:
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