Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 04-03-2026

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Boletín Oficial Comunidad Madrid
04/03/2026

Pozuelo de Alarcón (BOCM-20260304-76)

Organización y funcionamiento. Delegación funciones

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Contenido de la primera página

Organización y funcionamiento. Delegación funciones
Página 1 del anuncio BOCM
B.O.C.M. Núm. 53

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 4 DE MARZO DE 2026

Pág. 191

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
76

POZUELO DE ALARCÓN
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Por medio de la presente le comunico que la alcaldesa-presidenta ha dictado el siguiente
decreto de fecha 18 de febrero de 2026:
“Por Decreto de la Alcaldesa Presidenta de 11 de junio de 2025 se aprobó la vigente Delegación de Competencias de la Alcaldesa Presidenta en Titulares de Área y Concejales Delegados,
conforme a la Estructura del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón aprobada por Decreto de la
Alcaldesa Presidenta de 31 marzo de 2025
Así mismo, por Decreto de la Alcaldesa-Presidenta por Decreto de 22 de octubre de 2025 y de
1 de diciembre de 2025 se procedió a aprobar una nueva estructura de Directores Generales y, por
Decreto de 6 de noviembre de 2025 se aprobó la modificación de las denominaciones y los ámbitos competenciales de las Direcciones Generales.
Por Decreto de esta Alcaldía de 2 de febrero de 2026 se ha cesado a petición propia por motivos personales como Tercer Teniente de Alcalde a D. Manuel Moreno Escobar, habiéndose nombrado simultáneamente Tercera Teniente de Alcalde a Dª. Almudena Ruiz Escudero a quien resulta oportuno atribuir la Titularidad de la correspondiente Área de Gobierno en sustitución de D.
Manuel Moreno Escobar.
Por este motivo se ha efectuado una modificación en la estructura del Ayuntamiento contenida
en el Decreto de 02 de febrero de 2026, reservándose la Alcaldesa la dirección y coordinación de
la Policía Municipal y de los servicios de Seguridad, Protección Civil y Emergencias para garantizar
una mayor eficacia y atribuyendo las competencias de Movilidad y Transportes a la Primera Tenencia de Alcaldía para una mejor gestión.
En consecuencia, este nuevo modelo organizativo y competencial de la estructura del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón motiva y exige la adecuación de las competencias asignadas actualmente a los distintos órganos ejecutivos del Ayuntamiento a las citadas previsiones, por lo que
el presente decreto tiene por objeto reordenar las delegaciones de competencias en los titulares de
Área y concejales delegados junto con los Directores Generales.
De conformidad con lo establecido en el artículo 123 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local (LRBRL) la determinación de los niveles esenciales de la organización municipal, entre ellos las Áreas de Gobierno, se regula en los correspondientes Reglamentos de naturaleza orgánica, sin perjuicio de las atribuciones del Alcalde para determinar el
número de tales órganos, competencia que, a su vez, atribuye al Alcalde el artículo 124 del mismo
texto legal.

Por otro lado, el ROGA, en su artículo 63, se refiere a las Concejalías-Delegadas encargadas
de la actividad de parte de un conjunto homogéneo de materias de las Áreas de Gobierno.
En consonancia con esta estructura, el artículo 31 del ROGA regula la delegación de competencias del Alcalde en los miembros de la Junta de Gobierno Local y en los demás concejales.
El régimen de delegación de competencias es el establecido con carácter general en el artículo
9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como en el artículo 124.5 de la LRBRL y en el artículo 31 del ROGA.

BOCM-20260304-76

En este sentido, el Reglamento Orgánico de Gobierno y Administración del Ayuntamiento de
Pozuelo de Alarcón (ROGA) aprobado definitivamente por Acuerdo del Pleno de 30 de julio de
2008, regula en distintos preceptos, entre ellos los artículos 30.1.e) y 39 del Título II, el régimen de
las Áreas de Gobierno, estableciéndose que la determinación de la estructura y organización de
cada Área de Gobierno corresponde al Alcalde mediante decreto, que sus titulares serán responsables de un sector de materias de competencia del Ayuntamiento y ejercerán las funciones de
dirección, planificación y coordinación previstas en el Reglamento Orgánico, así como que los
titulares de las Áreas de Gobierno municipal los nombrará el Alcalde entre los concejales que reúnan la condición de Tenientes de Alcalde.

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