Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 07-03-2026
D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20260307-20)
Convenio – Convenio de 17 de febrero de 2026, entre la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, el Servicio Madrileño de Salud y la Fundación ASISTED, para el desarrollo del proyecto piloto de implantación del servicio de acompañamiento telefónico a las personas mayores en situación de soledad no deseada
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Convenio – Convenio de 17 de febrero de 2026, entre la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, el Servicio Madrileño de Salud y la Fundación ASISTED, para el desarrollo del proyecto piloto de implantación del servicio de acompañamiento telefónico a las personas mayores en situación de soledad no deseadaB.O.C.M. Núm. 56
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 7 DE MARZO DE 2026
Pág. 137
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
20
CONVENIO de 17 de febrero de 2026, entre la Comunidad de Madrid a través de
la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, el Servicio Madrileño de
Salud y la Fundación ASISTED, para el desarrollo del proyecto piloto de implantación del servicio de acompañamiento telefónico a las personas mayores en
situación de soledad no deseada.
REUNIDOS
De una parte, D.a Ana Dávila-Ponce de León Municio, Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, nombrada mediante Decreto 46/2023, de 23 de junio, actuando en
virtud de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
De otra parte, D.a Laura Gutiérrez Barreno, Viceconsejera de Sanidad y Directora General del Servicio Madrileño de Salud, nombrada mediante Decreto 257/2023, de 22 de noviembre, del Consejo de Gobierno, en nombre y representación del Servicio Madrileño de Salud,
actuando en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 1.2 del Decreto 246/2023, de 4 de
octubre, por el que se establece la estructura directiva del Servicio Madrileño de Salud, el artículo 23.2.a) del Decreto 24/2008, de 3 de abril, por el que se establece el régimen jurídico y
de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud y el Acuerdo de 30 de diciembre de 2024,
del Consejo de Administración del Servicio Madrileño de Salud, por el que se revocan los
acuerdos adoptados anteriormente, relativos a la delegación de competencias, su avocación y
ratificación, y se delegan determinadas competencias del Consejo de Administración.
De otra, D. Gabriel María Calzado Fernández, actuando en nombre y representación,
en calidad de Presidente de la Fundación Asistencial Integral y Servicios para la Tercera
Edad y Dependientes (en adelante ASISTED), con domicilio social en calle Menorca, número 49, planta B 28009 Madrid y provista de NIF número G-13762711, en virtud de escritura pública, de 28 de febrero de 2023, otorgada ante el notario del Ilustre Colegio de
Barcelona, D. Marc Sansalvadó i Chalaux, bajo el número 185 de su protocolo.
Las partes intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente convenio,
MANIFIESTAN
Primero
Que el convenio se rige por lo dispuesto en sus cláusulas y en las disposiciones correspondientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Que de conformidad con lo previsto en el Decreto 241/2023, de 20 de septiembre, del
Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, el titular de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales ejercerá las atribuciones que le otorga el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de
diciembre, y las demás disposiciones en vigor, correspondiéndole el desarrollo general, la
coordinación, la dirección, ejecución y control de las políticas públicas del Gobierno, entre
otros, en los ámbitos de servicios sociales, dependencia, mejora de la calidad asistencial y
de atención a personas usuarias de centros y servicios de acción social y respecto, entre
otros, de dependientes y personas mayores.
Que de conformidad con el artículo 13.3 y 13.6 del Decreto 241/2023, de 20 de septiembre, corresponden a la dirección general con competencias en la atención social a personas mayores las atribuciones relativas a la coordinación y gestión de los servicios y la
BOCM-20260307-20
Segundo
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