Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 13-03-2026

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Boletín Oficial Comunidad Madrid
13/03/2026

C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20260313-22)

Plan de calidad servicios sociales – Orden 285/2026, de 19 de febrero, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se aprueba el Plan de Calidad de los servicios sociales de la Comunidad de Madrid para el período 2026-2027

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Plan de calidad servicios sociales – Orden 285/2026, de 19 de febrero, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se aprueba el Plan de Calidad de los servicios sociales de la Comunidad de Madrid para el período 2026-2027
Página 1 del anuncio BOCM
B.O.C.M. Núm. 61

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 13 DE MARZO DE 2026

Pág. 81

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
ORDEN 285/2026, de 19 de febrero, de la Consejería de Familia, Juventud y
Asuntos Sociales, por la que se aprueba el Plan de Calidad de los servicios sociales de la Comunidad de Madrid para el período 2026-2027.

La presente Orden se firma en base a la “Memoria relativa al proyecto de Orden de la
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se aprueba el Plan de Calidad de los Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid para el período 2026-2027” del
Director General de Evaluación, Calidad e Innovación de fecha 6 de febrero de 2026.
A partir del marco definido por la Constitución Española, cuyo artículo 148.1.20.a establece que las Comunidades Autónomas podrán asumir competencias en materia de asistencia
social, el Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, en los artículos 26.1.23 y 26.1.24,
indica que es responsable del desarrollo de políticas públicas de promoción, ayuda, protección
y tutela de las personas mayores, los niños y adolescentes, las personas con discapacidad física,
sensorial o intelectual, las afectadas por una enfermedad mental crónica y de los demás grupos
de población necesitados de especial atención.
La Ley 12/2022, de 21 de diciembre, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid,
contempla, en su artículo 8.2, la calidad como un principio rector del Sistema Público de
Servicios Sociales, a la vez que, en su artículo 77, como criterio de orientación de las prestaciones proporcionadas por dicho sistema.
Para ello, la misma norma exige a la Consejería competente en materia de servicios sociales la promoción permanente de la calidad de los servicios, que debe atender a los objetivos establecidos en el artículo 78.1 y, como medio para asegurar el logro de dichos objetivos,
el artículo 78.2 recoge el contenido mínimo que debe tener el plan de calidad de los servicios
sociales, elaborado por la Consejería competente.
Esta Orden da cumplimiento a ese mandato legal, recogiendo, asimismo, lo previsto
en el artículo 28.1 de la Ley 12/2022, de 21 de diciembre, en cuanto al seguimiento y la evaluación de las prestaciones incluidas en el Catálogo y la Cartera de Servicios.
Se trata del primer Plan de Calidad elaborado al amparo de la Ley 12/2022, de 21 de
diciembre, por lo que, en sí mismo, forma parte de un proceso de mejora continua, y su evaluación resultará fundamental de cara a la realización de los siguientes planes. Por ello, el
Plan enfatiza aquellos aspectos en los que la Consejería y su personal tienen una incidencia
más directa, aunque no pierde de vista el conjunto del Sistema Público de Servicios Sociales
de la Comunidad de Madrid. Es de esperar que el radio de acción de los siguientes planes vaya
agrandándose cada vez más, y alcance de lleno al resto de agentes implicados en la atención
social: administraciones públicas, Tercer sector y entidades y empresas prestadoras.
La elaboración de este Plan ha seguido las prescripciones de la norma UNE-ISO
10005:2018 Gestión de la calidad. Directrices para los planes de la calidad, y ha contado
con la colaboración del personal técnico de todos los centros directivos y la administración
institucional adscrita a la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales.
Este Plan comienza definiendo su alcance, propósito, misión, visión y valores y grupos
de interés, alineado todo ello con las previsiones de la Ley 12/2022, de 21 de diciembre.
En segundo lugar, recoge los objetivos del Plan de Calidad. En el proceso de elaboración se ha realizado un análisis DAFO (Debilidades, Amenazas, Fortalezas y Oportunidades), y se han combinado entre sí las debilidades y las fortalezas observadas con las oportunidades y amenazas, dando lugar a distintas líneas estratégicas que se concretan en diez
objetivos de la calidad. Después, cada objetivo se despliega en un número de entre dos y
cinco medidas, hasta un total de treinta y una.
Se ha pretendido, por tanto, diseñar e implementar un Plan de Calidad viable, que se
enfoque en alcanzar su propósito de mejorar permanentemente la calidad con la que se prestan los servicios sociales en la Comunidad de Madrid.
Eso mismo se deja ver en los indicadores de seguimiento de los objetivos, que se establecen de manera que no supongan una carga extra de trabajo para los equipos que tienen
que implementarlos.

BOCM-20260313-22

22

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