Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 13-03-2026
Alcorcón (BOCM-20260313-39)
Urbanismo. Estudio detalle
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Urbanismo. Estudio detalleB.O.C.M. Núm. 61
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 13 DE MARZO DE 2026
Pág. 165
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
39
ALCORCÓN
URBANISMO
Por acuerdo de Pleno de esta Corporación, adoptado en sesión celebrada el día 25 de
febrero de 2026, se aprobó definitivamente el Estudio de Detalle de ordenación de volúmenes y señalamiento de alineaciones y rasantes para la parcela situada en la calle Cantabria,
número 8, parcela número 15, de la antigua UA-19 “Campodón Escolar” del PGOUA-87,
incluida en el Enclave EN-20 “Campodón Oeste” del PGOUA-99.
Lo que se hace público para general conocimiento y demás efectos, haciendo saber
que este acto agota la vía administrativa y contra el mismo se podrá interponer el siguiente recurso:
— Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a la publicación
del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de
conformidad con lo establecido en los artículos 8, 45 y 46 de la Ley 29/1998, de 13
de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Todo ello sin perjuicio de que se pueda interponer, en su caso, cualquier otro que se
estime procedente. La interposición de los recursos mencionados no suspende, por sí sola,
la ejecución del acto administrativo.
Conforme establece el apartado segundo de la parte dispositiva del repetido acuerdo,
se procede a publicar la parte normativa del Estudio de Detalle, definitivamente aprobado:
El vigente P. G. O. U.-99 de Alcorcón aplica para la parcela 15 (objeto del presente
Estudio de Detalle) la ordenanza Unifamiliar Intensivo “Clave 17.1”. Para dicha clave se
establecen una serie de retranqueos mínimos y máximos por cada tipo de lindero de la parcela, así como un fondo máximo edificable.
Con estas condiciones de partida definidas, el presente Estudio de Detalle define, para
la futura edificación sobre la parcela de referencia, el límite exterior de sus fachadas sobre
rasante hacia el frente de parcela (sur, calle Cantabria) y hacia el lindero oeste (terreno por
el que discurría, en su antiguo trazado, la vía pecuaria “Vereda Segoviana”). Dicho límite,
descrito gráficamente en los planos del presente Estudio de Detalle, responden a los siguientes criterios:
— Hacia el frente de parcela (sur, calle Cantabria): se fija para la futura edificación
un límite exterior de su fachada sobre rasante, el cual queda definido como una línea recta dentro del área entre los retranqueos mínimo (3 m.) y máximo (6 m.) establecidos para la clave de ordenanza 17 grado 1 en los frentes de parcela (artículo 4.273. Retranqueos mínimos de las NN UU del vigente P. G. O. U.-99 de
Alcorcón).
— Hacia el lindero oeste (terreno por el que discurría, en su antiguo trazado, la vía
pecuaria “Vereda Segoviana”): se fija para la futura edificación un límite exterior
de su fachada sobre rasante, el cual queda definido como una línea recta que, en
su punto más cercano al lindero, garantice una distancia mínima de 3 m. Esto responde a la condición establecida para la clave de ordenanza 17 grado 1 en el artículo 4.273. Retranqueos mínimos de las NN UU del vigente P. G. O. U.-99 de
Alcorcón, donde se indica que “No se permitirá la apertura de huecos excepto para
ventilación a menos de tres (3) m. de los linderos laterales (…)”. Para garantizar
que la edificación futura pueda abrir huecos hacia el lindero oeste, se ha fijado el
descrito límite exterior de fachada sobre rasante.
Teniendo en cuenta estos límites exteriores de fachada sobre rasante, y considerando
el fondo máximo edificable que fija para la clave de ordenanza 17 grado 1 las NN UU del
vigente P. G. O. U.-99 de Alcorcón (12 m. medidos desde el frente de la fachada estableci-
BOCM-20260313-39
A. Definición de los volúmenes edificables y alineaciones
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