Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 17-03-2026
Getafe (BOCM-20260317-46)
Organización y funcionamiento. Ordenanza
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Organización y funcionamiento. OrdenanzaPág. 146
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 17 DE MARZO DE 2026
B.O.C.M. Núm. 64
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
46
GETAFE
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Habiéndose aprobado inicialmente por el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el 22 de diciembre de 2025, la modificación de la ordenanza reguladora del proceso
de adjudicación de terrenos municipales con destino a huertos ecológicos de ocio y desarrollo de actividades con fines sociales del Ayuntamiento de Getafe y no habiéndose presentado reclamaciones ni sugerencias en plazo de los treinta días hábiles, iniciado por el anuncio
publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 13, de 16 de enero de 2026, de conformidad con lo señalado en el articulo 70.2 de la Ley 7/1985 Reguladora de las Bases de Régimen Local, se hace público su texto, para su general conocimiento.
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID.
ORDENANZA REGULADORA DEL PROCESO DE ADJUDICACIÓN DE TERRENOS
MUNICIPALES CON DESTINO A HUERTOS ECOLÓGICOS DE OCIO Y DESARROLLO
DE ACTIVIDADES CON FINES SOCIALES Y EDUCATIVAS
PREÁMBULO
Los huertos urbanos, periurbanos y escolares de iniciativa municipal son pequeñas parcelas de
cultivo con función fundamental de ocio y desarrollo de actividades sociales, ambientales y
educativas. Asimismo, recuperan o mantienen zonas verdes en las áreas periurbanas de las
ciudades, constituyen un aula de formación en los colegios e institutos en materia de medio
ambiente y fundamentos básicos de agricultura ecológica.
Durante los últimos años se ha venido observando un incremento e interés por los vecinos, vecinas
y asociaciones respecto al uso y disfrute de los espacios públicos sin uso como huertos de ocio
urbanos públicos. Atender al creciente interés de la población por este tipo de actividades y a la
demanda a los ayuntamientos por parte de la ciudadanía, hace necesario definir y establecer las
posibilidades de desarrollo de huertos urbanos en suelo público y la definición de las diferentes
opciones para la ciudadanía de disfrutar de este nuevo plan de huertos urbanos.
Son competencias propias de los municipios, que ejercerán en todo caso, en los términos de la
legislación del Estado y las Comunidades Autónomas, entre otras, y de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 25 de la ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, en sus
apartados b y l, el Medio ambiente urbano, y la Promoción de la ocupación del tiempo libre.
En este sentido, el Ayuntamiento de Getafe aprobó en 2024 el Plan Estratégico de Agroecología,
para el diseño del sistema agroalimentario local, en el que se recoge en su objetivo estratégico 6 la
promoción de la agricultura social con perspectiva agroecológica, en la que se incluyen, entre
otras, las siguientes acciones:
— Acción 21: Favorecer el uso de parcelas municipales urbanas sin uso definido para actividades
de agricultura social.
— Acción 22: Formar a la ciudadanía en técnicas de producción agroecológicas.
— Acción 23: Promover y facilitar iniciativas colectivas de huertos sociales autogestionados.
BOCM-20260317-46
También es competencia del Ayuntamiento designar y regular el uso del suelo y específicamente,
ante el interés social suscitado por los huertos urbanos, valorar las posibilidades de dedicar
específicamente terrenos públicos a esta actividad y regular el acceso para las personas y
entidades interesadas a una parcela.
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