Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 21-03-2026
D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20260321-5)
Convenio – Convenio de colaboración de 27 de febrero de 2026, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y el Ayuntamiento de San Martín de Valdeiglesias, para potenciar la coordinación y colaboración en materia de empleo
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Convenio – Convenio de colaboración de 27 de febrero de 2026, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y el Ayuntamiento de San Martín de Valdeiglesias, para potenciar la coordinación y colaboración en materia de empleoPág. 108
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 21 DE MARZO DE 2026
B.O.C.M. Núm. 68
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
5
CONVENIO de colaboración de 27 de febrero de 2026, entre la Comunidad de
Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y el Ayuntamiento de San Martín de Valdeiglesias, para potenciar la coordinación y colaboración en materia de empleo.
INTERVIENEN
De una parte, Dña. María del Carmen Tejera Gimeno, en representación de la Comunidad de Madrid (Consejería de Economía, Hacienda y Empleo), en calidad de Viceconsejera de Economía y Empleo, según Decreto 49/2025, de 9 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se procede a su nombramiento, y actuando en delegación de la Consejera de
Economía, Hacienda y Empleo en virtud de lo establecido en el apartado 1.d) de la Orden
de 17 de abril de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, y se desconcentra el protectorado de fundaciones, respecto de la firma de convenios, en relación con el Decreto 230/2023, de 6 de
septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y el Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el
que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
De otra parte, Dña. Aránzazu Povedano Fraguela, en representación del Ayuntamiento
de San Martín de Valdeiglesias, en calidad de Alcaldesa-Presidenta, en virtud de su nombramiento de fecha 17 de junio de 2023, del Ayuntamiento de San Martín de Valdeiglesias, con
CIF P2813300G, y domicilio a efectos del presente convenio en Plaza Real, 1, 28680 San
Martín de Valdeiglesias, Madrid.
Reconociéndose recíprocamente la capacidad legal necesaria para la firma del presente convenio, en uso de las competencias que ambas partes tienen otorgadas y en la representación que ostentan,
MANIFIESTAN
Que en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, en su artículo 28.1.12 corresponde a la Comunidad de Madrid la competencia para la ejecución de la legislación del Estado en materia Laboral.
Por su parte la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo dispone en su artículo 7.2 que
corresponde a las Comunidades Autónomas, de conformidad con la Constitución y sus respectivos Estatutos de Autonomía, el desarrollo de la política de empleo, el fomento del empleo y la ejecución de la legislación laboral y de los programas y medidas que le hayan sido
transferidos, así como de los programas comunes que se establezcan, conjuntamente con el
desarrollo y diseño de los programas propios adaptados a las características territoriales.
Según Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, corresponden a su titular el desarrollo general, la coordinación y el control de la ejecución de las
políticas del Gobierno, entre otras materias, en trabajo y empleo.
Que el artículo 7.3 de la Ley 3/2023, de Empleo, reconoce a las Corporaciones Locales, en el marco de sus competencias, la colaboración y cooperación con las demás administraciones para el logro de los objetivos de la política de empleo y demás contenidos en
la legislación de referencia, por ser de especial relevancia el desarrollo de la dimensión local de la política de empleo. Los servicios públicos de empleo de las Comunidades Autónomas, en ejecución de los servicios y programas de políticas activas de empleo, podrán establecer los mecanismos de colaboración oportunos con las entidades locales. Se reconoce
BOCM-20260321-5
II
Otra información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 21-03-2026
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