Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 24-03-2026
San Lorenzo de El Escorial (BOCM-20260324-71)
Organización y funcionamiento. Encomienda gestión
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Organización y funcionamiento. Encomienda gestiónPág. 252
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 24 DE MARZO DE 2026
B.O.C.M. Núm. 70
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
71
SAN LORENZO DE EL ESCORIAL
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
El Pleno del Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial, en sesión celebrada el
día 30 de octubre de 2025, acordó la aprobación de una encomienda de gestión al Ayuntamiento de Guadarrama para la realización, a través de los servicios de urbanismo de este
último, de los informes y demás actuaciones técnicas en dicha materia, y la aprobación del
convenio regulador que formalizará dicha encomienda de gestión.
El Pleno del Ayuntamiento de Guadarrama, en sesión celebrada el día 25 de febrero
de 2026, acordó aceptar la encomienda de gestión acordada por el Ayuntamiento de San
Lorenzo de El Escorial referenciada anteriormente, aprobando igualmente el convenio regulador que formalizará la encomienda de gestión indicada.
Habiendo sido firmado el convenio referenciado por ambas partes, y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, se procede a su publicación para general conocimiento.
“CONVENIO DE ENCOMIENDA DE GESTIÓN DEL M. I. AYUNTAMIENTO
DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL AL AYUNTAMIENTO
DE GUADARRAMA PARA LA ACTIVIDAD DE REALIZACIÓN DE INFORMES
Y OTRAS ACTUACIONES TÉCNICAS EN MATERIA DE URBANISMO
REUNIDOS
De una parte, don Diosdado Soto Pérez, Alcalde del Ayuntamiento de Guadarrama.
De otra parte, doña Carlota López Esteban, Alcaldesa del Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial.
Ambas partes se reconocen mutuamente la capacidad legal necesaria e intervienen en
la representación de sus respectivos Ayuntamientos y, con las facultades que sus cargos les
confieren, de conformidad con lo establecido en el artículo 21.1, letras b) y r), de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, suscribiendo este
Convenio al amparo de lo previsto en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, en cuya virtud
Primero.—El ejercicio de las competencias que, en materia de urbanismo, corresponden a las Administraciones Públicas, requiere que, por los servicios técnicos municipales,
se emitan Informes y se lleven a cabo diversas actuaciones que implican la participación directa o indirecta en el ejercicio de las potestades públicas o en la salvaguarda de los intereses generales, propias del personal funcionario de carrera, en cumplimiento de lo previsto
en el artículo 92.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen
Local, y en el artículo 9.2 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que
se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Segundo.—El Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial no dispone, a día de hoy,
hasta la cobertura de las plazas vacantes en su Plantilla, de los medios técnicos personales
suficientes en el Área de Urbanismo para la gestión de todos los proyectos de infraestructuras, tanto las propias municipales como las correspondientes a los PSTD, PIR, Plan de
Embellecimiento, Plan de Cooperación, Subvenciones de Deportes y Educación, así como
para el control del ARRUR; interesando por ello la figura de la encomienda de gestión al
Ayuntamiento de Guadarrama.
Tercero.—El Ayuntamiento de Guadarrama y el Ayuntamiento de San Lorenzo de El
Escorial consideran por ello legal y materialmente posible y conveniente la firma de un
Convenio de Encomienda de Gestión, de forma temporal y en virtud del principio de cooperación entre Administraciones Públicas, en las condiciones previstas en el artículo 11 de
BOCM-20260324-71
EXPONEN
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