Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 25-03-2026
Morata de Tajuña (BOCM-20260325-58)
Organización y funcionamiento. Junta Gobierno
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Organización y funcionamiento. Junta GobiernoB.O.C.M. Núm. 71
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 25 DE MARZO DE 2026
Pág. 143
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
58
MORATA DE TAJUÑA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
El Pleno del Ayuntamiento de Morata de Tajuña, en sesión ordinaria celebrada el día 26
de febrero de 2026, dio cuenta del Decreto de Alcaldía 2026-0232, por el que se resuelve
el nombramiento de los miembros de la Junta de Gobierno Local, así como la delegación
de funciones, cuyo texto íntegro se inserta a continuación para general conocimiento.
Vista la renuncia del Alcalde, D. Fernando Villalaín González, produciéndose la correspondiente vacante en la Alcaldía, con fecha 20 de enero de 2026, en sesión plenaria extraordinaria y urgente y habiéndose, posteriormente, procedido a la elección de la nueva Alcaldesa, D.a Gloria de la Torre Martínez, quien tomó posesión del cargo conforme a la
normativa vigente a 28 de enero de 2026, en sesión plenaria extraordinaria y tras la toma de
posesión D. Enrique Toledo Rodelgo, como concejal que ha pasado a integrar la Corporación, resulta procedente la regularización y adopción de los acuerdos necesarios para la adecuada organización y funcionamiento municipal.
En consecuencia, en virtud de las atribuciones que me confieren los artículos 20.1.b)
y 23 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y los artículos 35.2 y 52 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las
Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, resuelvo:
Primero.—Nombrar, como miembros de la Junta de Gobierno Local, a los siguientes
concejales, bajo la presidencia de esta Alcaldía:
1. D. Julio de las Heras Vera, segundo teniente de alcalde.
2. D. Enrique Toledo Rodelgo, tercer teniente de alcalde.
3. D. Francisco Ortega Lozano, cuarto teniente de alcalde.
Segundo.—Las sesiones ordinarias de la Junta de Gobierno Local se celebrarán con
carácter semanal, todos los jueves, en el horario que se determine por la Presidencia en el
decreto de convocatoria de cada sesión.
Tercero.—Corresponde a la Junta de Gobierno Local, además de la asistencia permanente al alcalde en el ejercicio de sus atribuciones, las siguientes competencias que se delegan:
— En materia de urbanismo y movilidad:
d La aprobación de los instrumentos de planeamiento de desarrollo del planeamiento general no expresamente atribuidas al Pleno, así como la de los instrumentos de gestión urbanística y de los proyectos de urbanización, reparcelación
y expropiación, aprobación inicial de los planes parciales, especiales, estudios
de detalle y demás que la legislación urbanística atribuya al Ayuntamiento sin
reservarla expresamente al Pleno [artículo 21.1.j) de la Ley 7/1985, de 2 de
abril; Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local].
d El otorgamiento de autorizaciones y licencias de obra mayor y parcelaciones.
— En materia de contratación, como órgano de contratación: De conformidad con la
disposición adicional segunda, “Competencias en materia de contratación en las
Entidades Locales” de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector
Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas
del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero
de 2014:
d Las competencias como órgano de contratación respecto de los contratos de
obras, de suministro, de servicios, los contratos de concesión de obras, los contratos de concesión de servicios y los contratos administrativos especiales,
cuando su valor estimado no supere el 10 por 100 de los recursos ordinarios del
BOCM-20260325-58
Resolución de Alcaldía de nombramiento y delegación de funciones
de la Junta de Gobierno Local
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