Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 27-03-2026
Leganés (BOCM-20260327-50)
Organización y funcionamiento. Modificación concejalías delegadas
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Organización y funcionamiento. Modificación concejalías delegadasB.O.C.M. Núm. 73
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 27 DE MARZO DE 2026
Pág. 221
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
50
LEGANÉS
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Por el Alcalde, con fecha 21 de octubre de 2024, se dictó el siguiente decreto
n.o 202409839:
Con fecha 21 de junio de 2023, se dictó decreto número 6729/2023 por el que se delegan competencias en los y las titulares de las concejalías delegadas y en la Junta de Gobierno Local.
En base a la facultad establecida en el artículo 124.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local y en el artículo 55 del Reglamento Orgánico
Municipal, que atribuye al Alcalde la facultad de delegar competencias en Concejales y en
la Junta de Gobierno Local y, por tanto, modificarlas,
Primero.—Eliminar el apartado 10 del punto segundo del decreto n.o 6.729/2023,
de 21 de junio, relativo al Programa de Inversión Regional (PIR).
Segundo.—Modificar el apartado 11 y añadir los apartados 13 y 14 en el punto tercero
del decreto n.o 6.729/2023, de 21 de junio, quedando redactado en los siguientes términos:
11. Las relaciones con el movimiento asociativo en el ámbito de consumo.
(…)
13. Protección de la salubridad pública a través del control y vigilancia sanitaria en
materia de seguridad alimentaria, sanidad ambiental y policía sanitaria mortuoria.
14. Cementerios y actividades funerarias.
Tercero.—Modificar los apartados 6, 7, 8 y 9 del punto quinto del decreto n.o 6.729/2023,
de 21 de junio, quedando redactado en los siguientes términos:
6. Salubridad Pública a través de la promoción de la salud.
7. Atención integral de la población que sufre de un trastorno adictivo a través del
Centro de Tratamiento de Adicciones (CTA).
8. Coordinación local de las políticas y recursos con impacto en la salud pública (Delegación de promoción de la salud y Centro de Tratamiento de Adicciones).
9. Las relaciones con el movimiento asociativo en el ámbito de la salud pública.
Cuarto.—Modificar los apartados 6, 9 y 10 del punto octavo del decreto n.o 6.729/2023,
de 21 de junio, quedando redactado en los siguientes términos:
6. Participación en la programación de la enseñanza y coordinación con la Administración educativa competente (UNED). (…)
9. Dinamización intercultural, plan de ciudadanía y convivencia, políticas de atención y sensibilización a la población migrante.
10. Programa de lengua y cultura española para migrantes.
Quinto.—Modificar los apartados 1, 2 y 3 del punto noveno del decreto n.o 6.729/2023,
de 21 de junio, quedando redactado en los siguientes términos:
1. Servicios y recursos de atención social primaria y programas específicos.
2. Programa de Atención Social a la familia.
3. La promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de
dependencia en el marco de las relaciones establecidas con la Comunidad de Madrid.
Sexto.—Incluir un nuevo apartado 9 en el punto décimo del decreto n.o 6.729/2023,
de 21 de junio, quedando redactado en los siguientes términos:
9. Gestión de tarjetas PMR (personas con movilidad reducida) y de reservas de estacionamiento para PMR.
BOCM-20260327-50
HE RESUELTO
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