Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 28-03-2026
D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20260328-10)
Convenio – Adenda segunda de 13 de febrero de 2026, de prórroga al Convenio de Colaboración suscrito el 26 de febrero de 2021 entre la Consejería de Hacienda y Función Pública de la Comunidad de Madrid y Cajamar Caja Rural, Sociedad Cooperativa de Crédito para la recaudación de ingresos de la Comunidad de Madrid
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Convenio – Adenda segunda de 13 de febrero de 2026, de prórroga al Convenio de Colaboración suscrito el 26 de febrero de 2021 entre la Consejería de Hacienda y Función Pública de la Comunidad de Madrid y Cajamar Caja Rural, Sociedad Cooperativa de Crédito para la recaudación de ingresos de la Comunidad de MadridPág. 38
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 28 DE MARZO DE 2026
B.O.C.M. Núm. 74
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
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ADENDA segunda de 13 de febrero de 2026, de prórroga al Convenio de Colaboración suscrito el 26 de febrero de 2021 entre la Consejería de Hacienda y
Función Pública de la Comunidad de Madrid y Cajamar Caja Rural, Sociedad
Cooperativa de Crédito para la recaudación de ingresos de la Comunidad de
Madrid.
De una parte, la Comunidad de Madrid, con domicilio en Madrid, calle Manuel Cortina, número 2, con C.I.F. S-7800001-E, representada en este acto por D. Rodrigo Robledo
Tobar, cuyos datos personales no se consignan en virtud de su cargo oficial, en su calidad
de Director General de Política Financiera y Tesorería, cargo para el que fue nombrado en
virtud del Decreto 168/2019, de 3 de septiembre, del Consejo de Gobierno, estando facultado para este acto por el apartado octavo.2.h) de la Orden de 17 de abril de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se delega el ejercicio de determinadas
competencias y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones (BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID número 108, de 7 de mayo de 2024).
Y, de otra parte, Cajamar Caja Rural, Sociedad Cooperativa de Crédito, con domicilio
social en Almería, Plaza de Juan de Águila Molina número 5, con CIF: F-04743175, representada en este acto por D. José Antonio Montero López, con DNI número ***2284**, en
virtud del poder otorgado por escritura pública de otorgamiento de poderes, autorizada por
D.a Marta Arrieta Navarro, Notaria del Ilustre Colegio de Andalucía, el día 21 de septiembre de 2022, con el número 1384 de su protocolo.
I. Por Orden de la Consejería de Hacienda y Función Pública, de 1 de diciembre
de 2020 (rectificación de errores por Orden de 29 de diciembre), se aprobaron las bases generales del procedimiento de selección de entidades de crédito colaboradoras en la prestación de los servicios de tesorería, financiación y recaudación de la Comunidad de Madrid,
iniciándose el proceso de selección de las mismas.
II. Finalizado dicho proceso, de conformidad con las citadas bases, fueron seleccionadas las entidades colaboradoras en la recaudación de ingresos de la Comunidad de
Madrid, entre ellas, la entidad Cajamar Caja Rural, Sociedad Cooperativa de Crédito, en los
términos definidos en la base primera de las bases generales. Asimismo, también se adjudicó a esta entidad la colaboración en la prestación del servicio de recaudación de ingresos
abonados mediante tarjeta de débito o crédito en terminales en el punto de venta (TPV) de
acuerdo a las condiciones previstas en la base tercera Sección C). A tal fin, las partes suscribieron el 26 de febrero de 2021 el correspondiente Convenio de colaboración de recaudación de ingresos.
Por Orden de 4 de diciembre de 2023, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, se dispuso asimilar la recaudación a través de pago por Bizum al pago mediante tarjeta de débito o crédito en su modalidad de TPV virtual, de forma que dicho pago por Bizum
se aplique a la recaudación de ingresos mediante modelos normalizados de impuestos, tasas, precios públicos u otros ingresos, autorizados en cada momento por la Tesorería de la
Comunidad de Madrid, a través de las pasarelas de pago establecidas al efecto.
Mediante Adenda, de 22 de diciembre de 2023, al Convenio de Colaboración de referencia, se señaló expresamente en el instrumento convencional que Cajamar Caja Rural, Sociedad Cooperativa de Crédito, como entidad colaboradora en la recaudación de ingresos
abonados mediante tarjeta de débito o crédito en terminales en el punto de venta (TPV), prestará la colaboración en la actividad a través de la recaudación mediante pago por Bizum.
III. La cláusula quinta del Convenio establece que su vigencia se extenderá desde
el 1 de marzo de 2021 hasta el día 28 de febrero de 2025, ambos inclusive. Conforme dispone dicha cláusula, la vigencia del Convenio podrá prorrogarse por mutuo acuerdo de las
partes de forma semestral, anual o bianual hasta un máximo de dos años. El acuerdo de pró-
BOCM-20260328-10
EXPONEN
Otra información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 28-03-2026
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