Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 06-04-2026
Madrid (BOCM-20260406-32)
Organización y funcionamiento. Pleno del Ayuntamiento. Ordenanza movilidad sostenible
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Organización y funcionamiento. Pleno del Ayuntamiento. Ordenanza movilidad sostenibleB.O.C.M. Núm. 80
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 6 DE ABRIL DE 2026
Pág. 129
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
32
MADRID
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Pleno del Ayuntamiento
BOCM-20260406-32
Acuerdo del Pleno, de 24 de marzo de 2026, por el que se aprueba la Ordenanza 2/2026, de 24 de marzo, por la que se modifica la Ordenanza de Movilidad Sostenible,
de 5 de octubre de 2018, en materia de zonas de bajas emisiones de especial protección y
del Servicio de Estacionamiento Regulado.
El Pleno del Ayuntamiento en la sesión (3/2026), ordinaria celebrada el día 24 de marzo
de 2026, adoptó el siguiente acuerdo:
“Primero.—Aprobar la Ordenanza por la que se modifica la Ordenanza de Movilidad
Sostenible, de 5 de octubre de 2018, en materia de zonas de bajas emisiones de especial protección y del servicio de estacionamiento regulado, en los términos que figuran en el anexo
que se incorpora a este Acuerdo.
Segundo.—Publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID este
acuerdo y el texto de la Ordenanza que constituye su objeto.
Tercero.—Facultar a la presidencia del Pleno, tan ampliamente como en derecho proceda, y siguiendo criterios de eficacia, eficiencia, economía procesal y seguridad jurídica,
para corregir de oficio los errores materiales o de hecho que pudieran detectarse, de lo que,
en su caso, se dará cuenta en la próxima sesión ordinaria del Pleno que se celebre”.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.3.e) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de
Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, se procede a la publicación del texto aprobado.
Lo que se hace público para general conocimiento, indicándose que contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse directamente recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de
la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.1, 10.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, todo ello sin perjuicio de
que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente en derecho (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
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