Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 09-04-2026
C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20260409-48)
Delegación competencias – Orden 550/2026, de 30 de marzo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, la firma de convenios y protocolos y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones
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Delegación competencias – Orden 550/2026, de 30 de marzo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, la firma de convenios y protocolos y se desconcentra el Protectorado de FundacionesB.O.C.M. Núm. 83
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 9 DE ABRIL DE 2026
Pág. 265
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
48
ORDEN 550/2026, de 30 de marzo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, la firma de
convenios y protocolos y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones.
Mediante Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de
Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, se incluye a la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, a la que se han
atribuido las competencias que ostentaba hasta ese momento.
A su vez, el Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, determina
los órganos superiores y directivos de cada Consejería, así como los entes, organismos y empresas adscritos, incluyendo en su artículo 9 la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte.
El Consejo de Gobierno aprobó el Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de
Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo
y Deporte, modificado por el Decreto 22/2024, de 10 de abril, del Consejo de Gobierno.
Posteriormente, se ha realizado una segunda modificación mediante el Decreto 16/2026,
de 4 de marzo, al objeto de crear la Dirección General de Infraestructuras y adscribir a la Dirección General de Patrimonio Cultural y Oficina del Español, la Dirección del Museo Arqueológico y Paleontológico de la Comunidad de Madrid, que asume las competencias, que
correspondían, al órgano de gestión sin personalidad jurídica, Museo Arqueológico y Paleontológico de la Comunidad de Madrid.
Por otra parte, el artículo 28.4 de la Ley 1/1998, de 2 de marzo, de Fundaciones de la
Comunidad de Madrid, establece que la titularidad del protectorado en el ámbito de cada
consejería corresponde al consejero, sin perjuicio de la posibilidad de desconcentración de
dicha titularidad o delegación del ejercicio de la competencia.
Como consecuencia de lo anterior, y para facilitar la gestión administrativa de acuerdo con los principios generales de eficacia y eficiencia, procede establecer un régimen de
delegación de competencias del titular de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte.
En su virtud y haciendo uso de las facultades conferidas por el artículo 52 de la Ley 1/1983,
de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público,
DISPONGO
Primero
1. Delegar la ordenación y aprobación de gastos hasta 150.000 euros en los titulares
de las direcciones generales, respecto de los expedientes promovidos por las unidades administrativas que les estén adscritas.
2. Delegar la ordenación y aprobación de gastos superiores a 150.000 euros y hasta
300.000 euros en el titular de la Viceconsejería respecto de los expedientes promovidos por
las direcciones generales y unidades administrativas que les estén adscritas.
3. Delegar la ordenación y aprobación de gastos hasta la cuantía máxima del contrato menor en el titular de la Dirección del Museo Arqueológico y Paleontológico de la Comunidad de Madrid, respecto de los expedientes promovidos por el museo.
4. Delegar la ordenación y aprobación de gastos, independientemente de su cuantía,
en el titular de la Secretaría General Técnica, respecto de los expedientes promovidos por
las unidades administrativas que le estén adscritas.
BOCM-20260409-48
En materia de ordenación de gastos
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