Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 10-04-2026
Orusco de Tajuña (BOCM-20260410-40)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
Buscador de información oficial
¿No encuentras lo que buscas? No desesperes y deja de perder más el tiempo.
Reta a nuestro buscador a encontrarlo...¡dale caña!
Comenzar a buscarHemos integrado ChatGPT y Oficius
Prueba a buscar información oficial con inteligencia artificial.
Buscar con inteligencia artificialContenido de la primera página
Régimen económico. Ordenanza fiscalBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 84
VIERNES 10 DE ABRIL DE 2026
Pág. 73
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
40
ORUSCO DE TAJUÑA
RÉGIMEN ECONÓMICO
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público (exposición que se ha llevado a cabo mediante anuncio publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID, de fecha 12 de febrero de 2026, página 246, y en el tablón de
anuncios del Ayuntamiento), queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional de esta entidad, adoptado en sesión del día 29 de enero de 2026, sobre imposición de la tasa por derechos de examen, así como la ordenanza fiscal reguladora de la
misma, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
ORDENANZA FISCAL REGULADORA
DE LA TASA POR DERECHOS DE EXAMEN
Artículo 1. Fundamento y objeto.—En uso de las facultades contenidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución, por el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 en relación con los artículos 15 a 19 del texto refundido de la Ley Reguladora de
las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,
este Ayuntamiento establece la tasa por derechos de examen, que estará a lo establecido en
la presente ordenanza fiscal cuyas normas atienden a lo prevenido en el artículo 57 del citado texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Art. 2. Hecho imponible.—Constituye el hecho imponible de la tasa, la actividad
técnica y administrativa conducente a la selección del personal funcionario y laboral entre quienes soliciten participar como aspirantes en pruebas de acceso o promoción a los
Cuerpos o Escalas de funcionarios o a las categorías de personal laboral convocadas por
este Ayuntamiento.
Art. 3. Sujeto pasivo.—Serán sujetos pasivos de esta tasa, todas las personas físicas
que soliciten la inscripción como aspirantes en las pruebas selectivas o de aptitud a las que
se refiere el artículo anterior.
Art. 4. Base imponible y cuota tributaria.—La cuantía de la presente tasa se determinará mediante la aplicación de las cuotas siguientes:
IMPORTE
35 euros
Grupo B
35 euros
Grupo C
25 euros
Grupo D
25 euros
Grupo E
25 euros
Art. 5. Exenciones y bonificaciones.—En la presente tasa no se contemplan exenciones ni bonificaciones.
Art. 6. Devengo.—El devengo de la tasa se producirá en el momento de la solicitud
de inscripción en las pruebas selectivas o de actitud a que se refiere el artículo 2, siendo preciso el pago de la tasa para poder participar en las mismas.
La tasa se abonará durante el período de tiempo en que permanezca abierto el plazo
para la presentación de solicitudes de participación, que será el determinado en cada una de
las bases que rijan las convocatorias para la provisión, en sus distintos regímenes, las plazas que se oferten.
Art. 7. Normas de gestión.—La tasa regulada en la presente ordenanza se exigirá en
régimen de autoliquidación. Los sujetos pasivos deberán efectuar la autoliquidación en los
impresos habilitados al efecto por la Administración municipal y realizar el ingreso en cual-
BOCM-20260410-40
GRUPO O ESCALA
Grupo A
Otra información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 10-04-2026
Convocatoria contrato – Resolución de 30 de marzo de 2026, de la Dirección-Gerencia del Hospital Universitario “Infanta Leonor”, por la que se dispone la publicación en los boletines oficiales y en el “perfil del contratante” en Internet de la convocatoria del contrato de Acuerdo Marco titulado: Adquisición de fungible desechable...
Agencias de viajes – Resolución de 27 de marzo de 2026, de la Directora General de Turismo y Hostelería, del cese de actividad de la agencia de viajes “Excursiones por Madrid”
Hemos encontrado más información de empleo y ayudas relacionados pero están ocultos porque eres un usuario anónimo.
Para ver todo el contenido debes ser un usuario registrado. A continuación podrás iniciar sesión o crear una nueva cuenta.
Secretaría de Gobierno. Nombramiento juez de paz de Fresnedillas de la Oliva