Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 11-04-2026
D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20260411-14)
Convenio – Convenio de 25 de marzo de 2026, entre el Servicio Madrileño de Salud y el Ayuntamiento de Loeches, para la rehabilitación integral y ampliación del actual consultorio local situado en la calle de la Virgen de las Angustias, sin número
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Convenio – Convenio de 25 de marzo de 2026, entre el Servicio Madrileño de Salud y el Ayuntamiento de Loeches, para la rehabilitación integral y ampliación del actual consultorio local situado en la calle de la Virgen de las Angustias, sin númeroPág. 108
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 11 DE ABRIL DE 2026
B.O.C.M. Núm. 85
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Sanidad
SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD
14
CONVENIO de 25 de marzo de 2026, entre el Servicio Madrileño de Salud y el
Ayuntamiento de Loeches, para la rehabilitación integral y ampliación del actual
consultorio local situado en la calle de la Virgen de las Angustias, sin número.
En Madrid, a 25 de marzo de 2026.
De una parte, Dña. Laura Gutiérrez Barreno, Viceconsejera de Sanidad y Directora General del Servicio Madrileño de Salud, nombrada mediante Decreto 257/2023, de 22 de noviembre, del Consejo de Gobierno, en nombre y representación del Servicio Madrileño de Salud, actuando en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 1.2 del Decreto 246/2023,
de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica básica del Servicio Madrileño de Salud de la Comunidad de Madrid, el artículo 23.2.a) del Decreto 24/2008, de 3 de abril, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del
Servicio Madrileño de Salud y el Acuerdo de 30 de diciembre de 2024, del Consejo de Administración del Servicio Madrileño de Salud por el que se revocan los acuerdos adoptados anteriormente, relativos a la delegación de competencias, su avocación y ratificación, y se delegan determinadas competencias del Consejo de Administración.
Y, de otra parte, D. Antonio Theodori Andrés, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento
de Loeches, nombrado por el Pleno del Ayuntamiento de Loeches, en su sesión de 17 de
junio de 2023, actuando en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 21 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y el artículo 135.2
de la Ley 2/2003, de 1 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid,
por el que se atribuye a los Presidentes de las Entidades Locales la competencia para formalizar los convenios de colaboración.
Las partes se reconocen recíprocamente competencia para formalizar el presente convenio, y al efecto,
MANIFIESTAN
Que el Servicio Madrileño de Salud (en adelante, SERMAS), en virtud de lo previsto
en el Decreto 24/2008, de 3 de abril, por el que se establece su régimen jurídico y de funcionamiento, es el organismo encargado de la atención integral de la salud del individuo
mediante la adecuada organización y asignación de los recursos sanitarios, teniendo en
cuenta las características sanitarias, socioeconómicas, epidemiológicas y poblacionales, en
el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
De conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional segunda 1.a) del Decreto 246/2023, de 4 de octubre, por el que se establece la estructura directiva del SERMAS,
se adscriben al Servicio Madrileño de Salud los centros de atención primaria y los consultorios locales, a través de la Dirección General Asistencial cuyo artículo 2.a) señala como
competencias de la persona titular de dicha Dirección General la superior dirección de los
centros y organizaciones sanitarias adscritos a su ámbito de actuación, integrados en el
SERMAS, sin perjuicio de lo previsto en la Ley 11/2017, de 22 de diciembre, de Buen Gobierno y Profesionalización de la Gestión de los Centros y Organizaciones Sanitarias del
Servicio Madrileño de Salud.
Segundo
Que la Ley 1/2014, de 25 de julio, de adaptación del Régimen Local de la Comunidad de Madrid a la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de
la administración local, establece en su artículo 10.1 que “la Comunidad de Madrid y las
BOCM-20260411-14
Primero
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