Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 13-04-2026
Daganzo de Arriba (BOCM-20260413-57)
Urbanismo. Expropiación
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Urbanismo. ExpropiaciónPág. 240
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 13 DE ABRIL DE 2026
B.O.C.M. Núm. 86
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
57
DAGANZO DE ARRIBA
URBANISMO
El Pleno del Ayuntamiento de Daganzo, en sesión ordinaria celebrada, el día 25 de marzo de 2026, acordó la realización de la obra de Proyecto Arqueológico poblado del Almazanejo, considerar implícita y declarar la declaración de utilidad pública de las actuaciones arqueológicas en él contempladas a los efectos de su expropiación, de conformidad con los
artículos 94 del texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local y 10 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.
RELACIÓN DE BIENES AFECTADOS
BOCM-20260413-57
— Identificación del propietario: D.a Amelia Alcobendas Garrido.
— Descripción de la finca: Finca rustica en el paraje El Almazanejo de extensión superficial 107.714 metros cuadrados, equivalentes a 10,7714 hectáreas de forma
irregular, y que linda: Norte: Camino de Daganzo de Arriba o Camarma del Caño
y Parcela de la Ermita de la Virgen del Espino; Sur: Arroyo del Espino; Oeste:
Arroyo del Espino; Este: Arroyo de Torote.
La finca está formada por las referencias catastrales 28053A001000470000HI,
(superficie 103.368 metros cuadrados); 28053A001053980000HQ (superficie 1877 metros cuadrados); 28053A001010470000HD (superficie 2630 metros
cuadrados); 28053A001010320000HB (superficie 1844 metros cuadrados) que
son las parcelas 47, 5.398, 1.047 y 1.032 del Polígono 1 de Daganzo de Arriba respectivamente.
— Valoración: 111.266,48 euros.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local, se somete el expediente a información pública
por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones y sugerencias que estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará
aprobado definitivamente dicho acuerdo.
Lo que se hace público a los efectos legales establecidos.
Daganzo de Arriba, a 30 de marzo de 2026.—El alcalde-presidente, Manuel Jurado
Marrufo.
(01/5.071/26)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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