Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 24-04-2026

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Boletín Oficial Comunidad Madrid
24/04/2026

B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20260424-5)

Cese y nombramiento – Acuerdo de 22 de abril de 2026, del Consejo de Gobierno, por el que se cesa y nombra a Vocales del Consejo de Formación Profesional de la Comunidad de Madrid en representación de la Comunidad de Madrid, a propuesta de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo

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Cese y nombramiento – Acuerdo de 22 de abril de 2026, del Consejo de Gobierno, por el que se cesa y nombra a Vocales del Consejo de Formación Profesional de la Comunidad de Madrid en representación de la Comunidad de Madrid, a propuesta de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
Página 1 del anuncio BOCM
B.O.C.M. Núm. 96

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 24 DE ABRIL DE 2026

Pág. 17

I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal
Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
5

ACUERDO de 22 de abril de 2026, del Consejo de Gobierno, por el que se cesa
y nombra a vocales del consejo de formación profesional de la Comunidad de
Madrid en representación de la Comunidad de Madrid, a propuesta de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.

BOCM-20260424-5

El Consejo de Formación Profesional de la Comunidad de Madrid, creado y regulado
por el Decreto 35/2001, de 8 de marzo, es el órgano consultivo y de asesoramiento del Gobierno en materia de formación profesional, con participación de las organizaciones empresariales y sindicales.
Este consejo se encuentra adscrito, de forma alterna y por períodos anuales, a las consejerías competentes en materia de educación y en materia de empleo.
El artículo 4 del citado decreto regula la composición del Consejo de Formación Profesional de la Comunidad de Madrid y dispone que todos los miembros que ocupen las vocalías, tanto titulares como suplentes, serán nombrados y separados por Acuerdo del Consejo de Gobierno, de conformidad con las propuestas de las consejerías con competencia en
materia de educación y empleo, de las organizaciones empresariales y sindicales de carácter intersectorial más representativas en el territorio de la Comunidad de Madrid y de la Federación de Municipios de Madrid.
El apartado 5 del referido artículo señala que cada cuatro años se producirá la renovación de los miembros que componen el consejo, teniendo en cuenta para ello las modificaciones que se hubieran producido en cuanto a la representatividad en las organizaciones
empresariales y sindicales en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
No obstante, lo anterior, los vocales del consejo perderán tal condición por decisión
del órgano de la administración que los propuso, por acuerdo del órgano decisorio competente de la organización cuya representación ostentan, o por cualquier otra causa establecida en el ordenamiento jurídico. Dicha circunstancia se comunicará por escrito a la Secretaría del Consejo, que tramitará la propuesta de separación al Consejo de Gobierno y, en su
caso, la del nombramiento de quien ocupe la baja producida
Mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de junio de 2024, se renovaron en
su totalidad los vocales del Consejo de Formación Profesional de la Comunidad de Madrid,
tanto del Pleno como de su Comisión Permanente, entre los que se encuentran los que ahora se acuerda su cese.
En este marco, el Decreto 44/2025, de 9 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se
modifica el Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, hace necesaria la actualización de algunos de los vocales representantes de la Consejería de Economía,
Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid, al unificarse direcciones generales cuyos titulares ejercen como vocales en el Consejo de Formación Profesional de la Comunidad de
Madrid y quedar, en consecuencia, incompleta la representación de dicha Consejería.
En su virtud, de conformidad con lo establecido en los artículos 4 y 7 del Decreto 35/2001, de 8 de marzo, por el que se crea y regula el Consejo de Formación Profesional
de la Comunidad de Madrid, a iniciativa de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades y de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y a propuesta del Consejero

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