Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 02-05-2026
D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20260502-5)
Convenio – Convenio de 9 de abril de 2026, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y Taller Cefora, S. L., para la información, orientación y apoyo en la inscripción en el procedimiento de acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral u otras vías no formales e informales en el ámbito de la Comunidad de Madrid en el marco del componente 20 “Plan Estratégico de Impulso de la Formación Profesional”, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU
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Convenio – Convenio de 9 de abril de 2026, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y Taller Cefora, S. L., para la información, orientación y apoyo en la inscripción en el procedimiento de acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral u otras vías no formales e informales en el ámbito de la Comunidad de Madrid en el marco del componente 20 “Plan Estratégico de Impulso de la Formación Profesional”, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEUB.O.C.M. Núm. 103
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 2 DE MAYO DE 2026
Pág. 95
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
5
CONVENIO de 9 de abril de 2026, entre la Comunidad de Madrid, a través de la
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo y Taller Cefora, S. L., para la información, orientación y apoyo en la inscripción en el procedimiento de acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral u otras vías no formales e informales en el ámbito de la Comunidad de
Madrid en el marco del componente 20 “Plan Estratégico de Impulso de la Formación Profesional”, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia,
financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU.
REUNIDOS
De una parte, Dña. María del Carmen Tejera Gimeno, Viceconsejera de Economía y
Empleo nombrada por Decreto 49/2025, de 9 de julio, del Consejo de Gobierno, en el ejercicio de las competencias recogidas en la Orden de 17 de abril de 2024, de la Consejería de
Economía, Hacienda y Empleo, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, y se desconcentra el protectorado de fundaciones, en relación con el Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y el Decreto 48/2019,
de 10 de junio, del Consejo de Gobierno por el que se regula la actividad convencional de
la Comunidad de Madrid.
Y, de otra parte, D. Gaspar García del Pozo en su condición de representante legal de
Taller Cefora, S. L. (en adelante, Taller Cefora), con CIF B82620683 y domicilio en
Madrid, calle Avda. Cámara de la Industria 16B-28938 Móstoles, en virtud de las facultades que le otorgan los estatutos y el poder de representación otorgado el 7 de abril de 2014
ante el notario D. Manuel Calvo Rojas, con el número 536 de su Protocolo.
Actuando las partes en el ejercicio de sus respectivos cargos y reconociéndose mutuamente su capacidad legal y competencia para formalizar el presente convenio,
1. La Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional, señala que en nuestro país hay personas que disponen de conocimientos y
habilidades profesionales por haberlas adquirido a través de la experiencia laboral, pero, sin
embargo, no tienen una forma fácil y eficaz de reconocer y certificar esos conocimientos. El
modelo diseñado en la nueva ley integra, junto a las ofertas de formación profesional, la
orientación profesional y la acreditación de competencias adquiridas por experiencia laboral
u otras vías no formales o informales, como piedras angulares del nuevo sistema.
En cumplimiento del anterior precepto, el artículo 175.1 del Real Decreto 659/2023,
de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional,
establece que el procedimiento de acreditación de las competencias profesionales es un procedimiento administrativo abierto de forma permanente.
El artículo 57 del Decreto 27/2025, de 21 de mayo, del Consejo de Gobierno, por el
que se regula la ordenación y organización del Sistema de Formación Profesional de la Comunidad de Madrid, establece que el procedimiento de acreditación de las competencias
profesionales adquiridas por experiencia laboral u otras vías no formales o informales, es
un procedimiento administrativo abierto de forma permanente en la Comunidad de Madrid,
para las personas sin acreditación que quieran validar sus competencias, teniendo como referente el Catálogo Nacional de Estándares de Competencias Profesionales.
La Comunidad de Madrid mediante la Orden de 25 de junio de 2021, de la Consejería
de Economía, Hacienda y Empleo, y mediante la Orden de 15 de mayo de 2022, también
de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, ya dispone de convocatoria abierta y
permanente de participación en el procedimiento de evaluación y acreditación de competencias en el ámbito de la Comunidad de Madrid y que se encuentran incluidas en el catá-
BOCM-20260502-5
EXPONEN
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