Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 05-05-2026

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Boletín Oficial Comunidad Madrid
05/05/2026

Ribatejada (BOCM-20260505-72)

Organización y funcionamiento. Ordenanza espectáculos taurinos

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Organización y funcionamiento. Ordenanza espectáculos taurinos
Página 1 del anuncio BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 300

MARTES 5 DE MAYO DE 2026

B.O.C.M. Núm. 105

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
72

RIBATEJADA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Al no presentarse alegaciones durante el período de exposición pública, queda aprobada definitivamente la ordenanza municipal reguladora de los espectáculos taurinos, cuyo
texto íntegro se hace público en cumplimiento de los artículos 49 y 70 de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
“ORDENANZA REGULADORA DE LOS ESPECTÁCULOS TAURINOS
DEL MUNICIPIO DE RIBATEJADA (MADRID)
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1. Fundamento Legal
La presente Ordenanza se dicta en virtud de las competencias atribuidas por la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; el Real Decreto Legislativo
781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales
vigentes en materia de Régimen Local y el Decreto 42/2025, de 9 de julio, por el que se aprueba el
Reglamento de Espectáculos Taurinos Populares y determinadas actividades formativas taurinas
con presencia de público en la Comunidad de Madrid.
ARTÍCULO 2. Objeto y ámbito
La presente Ordenanza tiene por objeto la regulación de medidas y acciones para el
control del desarrollo de los encierros tradicionales de reses bravas por el campo, que se celebran
en este término municipal con motivo de las Fiestas Locales y también se podrán celebrar en otras
fechas de festejos taurinos tradicionales. Los espectáculos taurinos que regulan la presente
ordenanza son los encierros de reses por el campo y encierros mixtos.
A los efectos de la presente ordenanza se entenderá por espectáculos taurinos populares,
aquellos festejos taurinos en los que se conducen, corren o torean reses bravas de lidia sin que la
muerte del animal se produzca en presencia del público. Asimismo, se entiende por ciclo de
festejos, el conjunto de espectáculos taurinos que se celebran de forma sucesiva y tradicional en
un municipio durante un periodo máximo de siete días naturales, que puede interrumpirse con
autorización de los veterinarios de servicio.
ARTÍCULO 3. Órganos de actuación y coordinación
Las competencias propias del Ayuntamiento en las materias que son objeto de regulación
por esta ordenanza se ejercerán a través de los órganos y servicios de la Administración Municipal
existentes en la actualidad y los que, en su caso, puedan crearse al efecto.

ARTÍCULO 4. Prohibiciones y limitaciones
Durante el desarrollo del espectáculo o actividad taurina, así como durante el manejo y
estabulación de las reses de lidia se evitará cualquier acción directa sobre ellas que pueda influir
negativamente en su bienestar.
En concreto, queda prohibido en los espectáculos taurinos populares y actividades formativas
taurinas con presencia de público herir, pinchar, golpear, sujetar o tratar de cualquier modo violento o

BOCM-20260505-72

El Ayuntamiento de Ribatejada y/o, en su caso, la entidad autorizada para llevar a cabo
los festejos taurinos tradicionales serán los encargados de la organización de los mismos.
Asimismo, promoverá las actuaciones de coordinación con las fuerzas y cuerpos de seguridad del
Estado, servicios sanitarios y de emergencias, protección civil, entidades de participación social u
otras organizaciones, que tiendan al cumplimiento de los objetivos de esta ordenanza.

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