Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 11-05-2026
Alpedrete (BOCM-20260511-52)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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Organización y funcionamiento. Delegación funcionesPág. 140
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 11 DE MAYO DE 2026
B.O.C.M. Núm. 110
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
52
ALPEDRETE
Por la presente se hace público que, mediante resolución de Alcaldía 395/2026, de 24
de abril, se ha resuelto:
Primero.—Revocar la delegación de atribuciones de la Alcaldía en las Áreas de Seguridad, Transporte, Movilidad y Protección Civil, en favor de la concejala doña M.a Rosario
Peñalver Benito, en los términos que se indicaban en la resolución 954/2023, de 23 de junio, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 157, de 4 de julio de 2023, y en la resolución de Alcaldía 1480/2023, de 18 de septiembre, publicada en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 232, de 29 de septiembre de 2023.
Segundo.—Revocar la delegación de atribuciones de la Alcaldía en el Área de Educación, en favor de la concejala doña Beatriz López Ollero en los términos que se indicaban
en la resolución de Alcaldía 1408/2025, de 17 de diciembre, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 6, de 8 de enero de 2026.
Tercero.—Delegar en favor de Dña. M.a Rosario Peñalver Benito, el ejercicio de las
siguientes atribuciones de esta Alcaldía en el Área de Educación:
Educación:
— Procurar los medios y recursos suficientes para conseguir una acción eficaz de las
competencias del municipio en materia educativa.
— Mantener contacto permanente con los órganos de la Administración del Estado y
de la Comunidad Autónoma con competencias en educación.
— Asumir las relaciones con las diversas administraciones educativas para la creación, conservación, mantenimiento y vigilancia de los edificios de titularidad local destinados a centros públicos de Educación Infantil, De Educación Primaria o
de Educación Especial, participando en la observancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria.
— Programar actividades o servicios complementarios a la enseñanza y coordinar el
uso de los centros educativos para actividades complementarias de la docencia.
Condiciones específicas del ejercicio: Las delegaciones especiales referidas anteriormente comprenderán la dirección y gestión de los citados servicios, incluyendo la posibilidad de suscribir, en su caso, pliegos técnicos, informes y memorias sobre tales materias, así
como adoptar los acuerdos de inicio de los correspondientes procedimientos (a excepción
de los sancionadores), y demás actos administrativos de trámite siempre que tengan la configuración legal de no cualificados, reservándose en consecuencia el alcalde, o la Junta de
Gobierno Local en su caso, la facultad de dictar el resto de acuerdos, así como las resoluciones definitivas que ponen fin a todos los procedimientos en todos los asuntos municipales de su competencia.
Tercero.—Delegar en favor de Dña. Beatriz López Ollero, el ejercicio de las siguientes atribuciones de esta Alcaldía en el Área de Turismo:
Turismo:
— Programación, gestión y promoción o fomento del turismo local.
— Coordinación de la gestión turística del municipio y desarrollo de proyectos turísticos singulares.
Dicha delegación, en el Área de turismo, tiene carácter genérico y se refieren a las atribuciones de la Alcaldía en las áreas municipales señaladas, con las más amplias facultades
de dirección interna y gestión de los respectivos servicios; así como las de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, en los términos del art. 43.3 del R.O.F.
Cuarto.—Dña. Beatriz López Ollero, conforme a las nuevas atribuciones, tendrá una
dedicación parcial del 50 %.
Quinto.—La presente resolución surtirá efectos desde el día siguiente de su firma, sin perjuicio de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el Por-
BOCM-20260511-52
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
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