Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 11-05-2026
Algete (BOCM-20260511-51)
Organización y funcionamiento. Ordenanza celebración festejos taurinos
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Organización y funcionamiento. Ordenanza celebración festejos taurinosBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 110
LUNES 11 DE MAYO DE 2026
Pág. 131
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
51
ALGETE
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Que mediante acuerdo plenario de fecha 26 de febrero de 2026, se acordó aprobar inicialmente la ordenanza reguladora para la celebración de festejos taurinos populares, según detalle:
“ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA CELEBRACIÓN DE FESTEJOS TAURINOS
POPULARES CONSISTENTE EN ENCIERROS DE RESES POR EL CAMPO EN EL MUNICIPIO
DE ALGETE
La presente Ordenanza se redacta al objeto de dotar al Ayuntamiento de El Algete de los
instrumentos necesarios para controlar el desarrollo y la participación en los encierros y sueltas que
se celebren en el Municipio de El Algete.
Esta Ordenanza, se dicta y aprueba en virtud de las atribuciones que le confiere al Ayuntamiento
de El Algete, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local , la ley
17/1997, de 4 de julio de espectáculos públicos y actividades recreativas, que incluye en su ámbito
de aplicación los espectáculos taurinos, aunque no desarrolla su regulación, y en cumplimiento de
lo regulado en el Decreto n.º 42/2025, de 9 de julio, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de
Madrid, por el que se aprueba el Reglamento de Espectáculos Taurinos Populares y determinadas
actividades formativas taurinas con presencia de público.
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación
El Ayuntamiento de Algete velara por el fiel cumplimiento del Decreto 42/2025, de 9 de julio, del
consejo de gobierno, por el que se aprueba el reglamento de espectáculos taurinos populares y
determinadas actividades formativas taurinas con presencia de público.
Artículo 2. Órganos de actuación
Corresponde al Ayuntamiento la competencia para autorizar los encierros de campo, sin
perjuicio de las autorizaciones autonómicas que procedan.
El Ayuntamiento constituirá, para cada festejo, una Comisión Organizadora presidida por el
Alcalde/Alcaldesa o persona en quien delegue, que designará:
a)
b)
c)
Presidente/a del encierro.
Director de lidia (debe ostentar la titulación y/o inscripción profesional exigida por el Decreto
42/2025).
Director técnico del encierro.
La Comisión podrá contratar la organización a una entidad externa que acredite solvencia
técnica y experiencia.
Artículo 3. Plan de Encierro
Las zonas del encierro definidas en este articulo y concretadas en los planes de encierro
recogidos en los anexos de la ordenanza son las mismas todos los años. Los propietarios de los
predios por el que transcurren los encierros pueden alegar lo que consideren conveniente a sus
intereses, entendiendo que la no presentación de alegaciones supone, conforme tradicionalmente
se ha realizado, la concesión del permiso expreso para el paso de sus propiedades.
Dentro de los encierros por el campo existirán, al menos, las siguientes zonas: corrales, suelta,
espectadores y zona de finalización
Zona de corrales:
La zona de corrales será aquella en la que deberán situarse las reses para dar comiendo el
encierro por el campo
BOCM-20260511-51
La ubicación de estas zonas, se determinan en los planos de encierro contenidos en los anexos
de esta ordenanza.
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