Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 13-05-2026
Soto del Real (BOCM-20260513-89)
Organización y funcionamiento. Ordenanza convivencia ciudadana
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Organización y funcionamiento. Ordenanza convivencia ciudadanaPág. 450
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 13 DE MAYO DE 2026
B.O.C.M. Núm. 112
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
89
SOTO DEL REAL
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Este Ayuntamiento en Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 30 de abril de 2026, acordó aprobar definitivamente la ordenanza de convivencia ciudadana y civismo que figura en el
Anexo:
Transcurrido el plazo de treinta días de exposición pública, contados desde el 4 de marzo hasta el 16 de marzo de 2026 (ambos incluidos) efectuada mediante anuncios publicado
en el tablón de edictos y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 52, de 3 de marzo de 2026, se produjo una reclamación que fue estimada parcialmente
en el Pleno de 30 de abril actual de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la
Ley 7/85 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
En cumplimiento de lo previsto en el art. 70.2 de la misma, a continuación, se inserta
el acuerdo adoptado y el texto íntegro de la ordenanza aprobada:
Anexo:
ORDENANZA DE CONVIVENCIA CIUDADANA Y CIVISMO
Ayuntamiento de Soto del Real
Exposición de Motivos
La convivencia en comunidad es la base del progreso humano y esta, por sí misma, implica la
aceptación y cumplimiento de algunas normas sociales que hacen posible el ejercicio de los
derechos individuales de las personas a la par que los hace compatibles con el ejercicio de los
derechos de los demás.
Es obligación de todos los vecinos actuar cívicamente en el uso de los bienes e instalaciones puestos
a disposición del público y de los demás elementos que configuran y dan estilo a nuestra ciudad.
Igualmente el Ayuntamiento no puede permanecer ajeno a esta problemática y aunque es obvio que
estamos ante un fenómeno que trasciende del ámbito de la administración municipal, ésta, en el
marco de su competencia, debe combatirla con los medios que el ordenamiento jurídico arbitra. El
incumplimiento de las normas básicas de convivencia es fuente de conflictos y los ciudadanos exigen
a los poderes públicos, especialmente a los que les son más cercanos, regulaciones cada vez más
específicas, así como medidas activas de mediación y, cuando proceda, de sanción, para
resolverlos.
La potestad reglamentaria municipal no es sino un instrumento más para encauzar las reglas del
juego de la convivencia ciudadana. No es posible forjar un estado de seguridad y civismo donde la
convivencia esté ausente.
Se hace necesario, cada vez más, dotar de los instrumentos idóneos a los garantes de la protección
de los derechos, libertades y seguridad ciudadana, así como la comunicación entre los cuerpos de
BOCM-20260513-89
El Ayuntamiento de Soto del Real, alineado con el talante cívico de los vecinos de nuestro municipio,
se muestra preocupado por ciertas actitudes incívicas con el medio urbano y con los conciudadanos
y que, aunque realizadas por parte de individuos y colectivos minoritarios, alteran la normal
convivencia. Estas actuaciones “anti ciudadanas” se manifiestan de muy diversas formas, en las
propias vías urbanas, en el mobiliario urbano, en fuentes, en los parques y jardines, en las fachadas
de edificios públicos y privados, en las señales de tráfico, en las instalaciones municipales y en otros
bienes y derechos que suponen un detrimento de la calidad de vida de los ciudadanos, a la par que
genera unos, cada vez más importantes, esfuerzos de reparación que, no olvidemos, se detraen de
los recursos municipales y que podrían ser destinados a otras finalidades.
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