Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 19-05-2026
Manzanares el Real (BOCM-20260519-97)
Urbanismo. Plan general
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Urbanismo. Plan generalB.O.C.M. Núm. 117
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 19 DE MAYO DE 2026
Pág. 475
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
97
MANZANARES EL REAL
URBANISMO
BOCM-20260519-97
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 7 de mayo de 2026,
acordó aprobar inicialmente el Plan General de Ordenación Urbana junto con el correspondiente Estudio Ambiental Estratégico.
Y conformidad con el artículo 57.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo, de la
Comunidad de Madrid, se somete a información pública durante un periodo de 45 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Durante dicho periodo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias
municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, se
publicará en un periódico de mayor difusión de la provincia y en el tablón de anuncios de este
Ayuntamiento y estará a disposición en la Sede Electrónica de este Ayuntamiento:
https://manzanareselreal.sedelectronica.es/transparency/2073faed-f74e-44e2-a9686eeb8bc80924/ , igualmente, estará disponible en el siguiente enlace: https://manzanareselrealmy.sharepoint.com/:f:/g/personal/silvia_jarque_manzanareselreal_es/IgDkeA_drepHRL67TC
m6kUDMAajpfHIUosvvi8PUGst6vBo?e=Itih54 .
El presente anuncio servirá de notificación a los interesados, en caso de que no pueda
efectuarse la notificación personal del otorgamiento del trámite de audiencia.
Asimismo, se suspende las licencias en los ámbitos donde las nuevas determinaciones
modifiquen el régimen vigente, en las áreas afectadas por el Plan General Municipal.
La suspensión del otorgamiento de licencias derivada del acuerdo de Aprobación Inicial del presente Plan General afectará a la totalidad del término municipal de Manzanares
el Real, conforme a lo establecido en el artículo 56 bis de la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid.
Dada la reconsideración global de la regulación de las ordenanzas y de la clasificación
del suelo efectuada para el nuevo Plan General se considera que el régimen urbanístico vigente se altera para todo el término municipal.
La suspensión del otorgamiento de licencias no afectará a las solicitudes que tengan
por objeto actos de uso del suelo que sean conformes tanto al régimen urbanístico vigente
como a las determinaciones del instrumento que motiva la suspensión.
La suspensión comenzará al día siguiente de la publicación oficial del acuerdo que la
produce, y se mantendrá hasta la entrada en vigor del instrumento de planeamiento que
la motiva, o como máximo durante 1 año. El expresado plazo será ampliable otro año cuando dentro de aquél se hubiere completado el período de información pública. No será posible acordar nuevas suspensiones en la misma zona por idéntica finalidad hasta que transcurrieren cinco años, contados a partir del término de la suspensión.
En Manzanares el Real, a 14 de mayo de 2026.—La alcaldesa-presidenta, Alicia
Gallego Buzón.
(03/7.825/26)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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