Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 27-05-2026
Casarrubuelos (BOCM-20260527-63)
Régimen económico. Padrones fiscales
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Régimen económico. Padrones fiscalesPág. 174
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 27 DE MAYO DE 2026
B.O.C.M. Núm. 124
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
63
CASARRUBUELOS
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20260527-63
Aprobado definitivamente por decreto n.o 0741 de esta Alcaldía, dictado con fecha 19
de mayo de 2026, los padrones del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana
e impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica, referidos al ejercicio 2026, a efectos de la sumisión de los mismos a trámite de información pública, por medio del presente
anuncio se exponen al público en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, tablón municipal de edictos y por Internet desde la página web municipal.
Contra el acto de aprobación del citado padrón podrá interponerse recurso previo de
reposición ante la Alcaldía-Presidencia en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de finalización del término de exposición pública, de acuerdo con cuanto establece el
artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
De conformidad con lo establecido en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y en el artículo 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio,
por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, se pone en conocimiento de
los contribuyentes que se procederá al cobro en período voluntario del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana e impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica del ejercicio 2026, en:
— Entidad colaboradora Caixabank. Plazo de Ingreso: desde el 1 de septiembre al 2
de noviembre de 2026.
Transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se haya satisfecho la deuda se iniciará el periodo ejecutivo, de acuerdo con el tenor de los artículos 26, 28 y 161 de la
Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, lo que determinará la exigencia de los
intereses de demora, así como los recargos que correspondan y, en su caso, de las costas del
procedimiento de apremio.
En Casarrubuelos, a 19 de mayo de 2026.—El alcalde, Vicente José Astillero Ballesteros.
(01/8.047/26)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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