Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 01-06-2026
D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20260601-32)
Convenio – Adenda de 7 de mayo de 2026, de prórroga del convenio de 26 de mayo de 2025, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo y la Asociación RUMIÑAHUI para la realización de actuaciones en materia de acreditación de competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral u otras vías no formales o informales
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Convenio – Adenda de 7 de mayo de 2026, de prórroga del convenio de 26 de mayo de 2025, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo y la Asociación RUMIÑAHUI para la realización de actuaciones en materia de acreditación de competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral u otras vías no formales o informalesB.O.C.M. Núm. 128
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 1 DE JUNIO DE 2026
Pág. 147
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
32
ADENDA de 7 de mayo de 2026, de prórroga del convenio de 26 de mayo de
2025, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía,
Hacienda y Empleo y la Asociación RUMIÑAHUI para la realización de actuaciones en materia de acreditación de competencias profesionales adquiridas por
experiencia laboral u otras vías no formales o informales.
REUNIDOS
De una parte, Dña. María del Carmen Tejera Gimeno, Viceconsejera de Economía y
Empleo nombrada por Decreto 49/2025, de 9 de julio, del Consejo de Gobierno, en el ejercicio de las competencias recogidas en la Orden de 17 de abril de 2024, de la Consejería de
Economía, Hacienda y Empleo, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, y se desconcentra el protectorado de fundaciones, en relación con el Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y el Decreto 48/2019,
de 10 de junio, del Consejo de Gobierno por el que se regula la actividad convencional de
la Comunidad de Madrid.
Y, de otra parte, D. Vladimir Arturo Paspuel Revelo, como presidente de la Asociación Rumiñahui, con CIF G81782625 y con domicilio en la C/ Carolina Coronado, 28.
Local bajo. 28017 Madrid.
Actuando las partes en el ejercicio de sus respectivos cargos y reconociéndose mutuamente su capacidad legal y competencia para formalizar la presente adenda,
I. Con fecha 26 de mayo de 2025 entró en vigor el Convenio de colaboración entre
la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo y la
Asociación Rumiñahui, para la realización de actuaciones en materia de acreditación de
competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral u otras vías no formales o
informales, con el objetivo de impulsar los procedimientos de acreditación de las competencias profesionales.
La cláusula primera del citado convenio establece como objeto del convenio la colaboración entre ambas entidades en actuaciones en materia de acreditación de competencias
profesionales adquiridas por experiencia laboral u otras vías no formales o informales como
la puesta en marcha, impulso y coordinación de actuaciones referidas a procedimientos de
reconocimiento de competencias profesionales, con el objeto de fomentar el empleo estable y de calidad y la cualificación profesional de los trabajadores de sus empresas, así como
de aquellas personas que se incorporen a la organización.
II. Que la cláusula quinta del convenio contempla la posibilidad de prórroga del mismo por períodos anuales, mediante acuerdo de las partes que deberá formalizarse en la correspondiente adenda.
III. La Asociación Rumiñahui comunica, con fecha 6 de abril de 2026, su interés en
prorrogar el citado convenio, de conformidad con lo establecido en la cláusula novena del
convenio.
IV. Ambas partes reconocen que cada una de ellas ha venido cumpliendo los compromisos y obligaciones recogidas en la cláusula segunda del referido convenio, sin que
exista ninguna controversia sobre el desarrollo del mismo. Y considerando los resultados
alcanzados, las partes estiman adecuado prorrogar su período de vigencia por un año más,
con el fin de proseguir la colaboración establecida.
BOCM-20260601-32
EXPONEN
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