Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 03-06-2026

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Boletín Oficial Comunidad Madrid
03/06/2026

D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20260603-65)

Convenio – Convenio de 5 de mayo de 2026, entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior de la Comunidad de Madrid con la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria, S. M. E, por el que se establece el Acuerdo de Financiación del Instrumento Financiero de Gestión Centralizada de Garantía de Cartera FEADER 2023-2027

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Contenido de la primera página

Convenio – Convenio de 5 de mayo de 2026, entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior de la Comunidad de Madrid con la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria, S. M. E, por el que se establece el Acuerdo de Financiación del Instrumento Financiero de Gestión Centralizada de Garantía de Cartera FEADER 2023-2027
Página 1 del anuncio BOCM
Pág. 172

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 3 DE JUNIO DE 2026

B.O.C.M. Núm. 130

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
65

CONVENIO de 5 de mayo de 2026, entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior de la Comunidad de Madrid con la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria, S. M. E,
por el que se establece el Acuerdo de Financiación del Instrumento Financiero de
Gestión Centralizada de Garantía de Cartera FEADER 2023-2027.
En Madrid, a 5 de mayo de 2026.
REUNIDOS

De una parte, D.a María Begoña García Bernal, Secretaria de Estado de Agricultura y
Alimentación en virtud del nombramiento efectuado por el Real Decreto 1118/2023, de 12
de diciembre, y actuando en nombre y representación del Ministerio de Agricultura, Pesca
y Alimentación conforme a las competencias que le atribuye el apartado primero del Capítulo I de la Orden APA/1511/2024, de 2 de diciembre, de fijación de límites para administrar ciertos gastos y de delegación de competencias.
De otra, la Administración de la Comunidad de Madrid, y en su nombre D. Manuel
Miguel Beceiro Garat, Secretario General Técnico de la Consejería de Medio Ambiente,
Agricultura e Interior de la Comunidad de Madrid, en virtud del Decreto 55/2025, de 9 de
julio, del Consejo de Gobierno, por el que se dispone su nombramiento, actuando conforme a las atribuciones que le confiere la Orden 984/2024, de 15 de marzo, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y la firma de convenios, se desconcentra el
protectorado de fundaciones y se designa con carácter permanente a los miembros de las
mesas de contratación de la Consejería.
Y de otra parte, D. Pablo Pombo González, Presidente de la Sociedad Anónima Estatal
de Caución Agraria, S. M. E. (SAECA), con domicilio en la calle Jorge Juan 19 de Madrid,
en representación de SAECA, en virtud de la designación realizada en los acuerdos sociales
del Consejo de Administración de SAECA, en la reunión celebrada el 29 de enero de 2025,
que se elevaron a escritura pública el 4 de marzo de 2025, ante el notario del Colegio de
Madrid, D. Manuel Soler Lluch, con número 652 de los de su protocolo, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, folio electrónico IRUS 1000240905130, hoja registral M-12596,
inscripción 318 con fecha 5 de abril de 2025
Todas las Partes se reconocen competencia y capacidad para formalizar el presente
Acuerdo, y
EXPONEN

El Plan Estratégico de la Política Agraria Común (PEPAC) de España, aprobado el 31 de
agosto de 2022, prevé la utilización de instrumentos financieros en la gestión de algunas de las
intervenciones contempladas en los artículos 73 a 78 del Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, por el que se establecen normas
en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en
el marco de la política agrícola común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al
Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo
Rural (FEADER), y por el que se derogan los Reglamentos (UE) n.o 1305/2013 y (UE)
n.o 1307/2013 (en adelante, Reglamento PEPAC).
Asimismo, en el citado PEPAC se señala que en el periodo 2023-2027 se pretende aprovechar toda la experiencia adquirida en el Instrumento Financiero de Gestión Centralizada
(IFGC), puesto en marcha en el periodo 2014-2020, diseñando un nuevo Instrumento.

BOCM-20260603-65

Primero

Otra información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 03-06-2026

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