Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 06-06-2026
D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20260606-8)
Convenio – Convenio de 14 de mayo de 2026, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo y Comisiones Obreras de Madrid (USMR-CC OO), para la información, orientación y apoyo en la inscripción en el procedimiento de acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral u otras vías no formales e informales en el ámbito de la Comunidad de Madrid en el marco del componente 20 “Plan Estratégico de Impulso de la Formación Profesional”, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, NextGenerationEU
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Convenio – Convenio de 14 de mayo de 2026, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo y Comisiones Obreras de Madrid (USMR-CC OO), para la información, orientación y apoyo en la inscripción en el procedimiento de acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral u otras vías no formales e informales en el ámbito de la Comunidad de Madrid en el marco del componente 20 “Plan Estratégico de Impulso de la Formación Profesional”, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, NextGenerationEUB.O.C.M. Núm. 133
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 6 DE JUNIO DE 2026
Pág. 101
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
8
CONVENIO de 14 de mayo de 2026, entre la Comunidad de Madrid, a través
de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo y Comisiones Obreras de
Madrid (USMR-CCOO), para la información, orientación y apoyo en la inscripción en el procedimiento de acreditación de competencias profesionales
adquiridas a través de la experiencia laboral u otras vías no formales e informales en el ámbito de la Comunidad de Madrid en el marco del componente 20
“Plan Estratégico de Impulso de la Formación Profesional”, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea,
NextGenerationEU.
REUNIDOS
De una parte, Dña. María del Carmen Tejera Gimeno, Viceconsejera de Economía y
Empleo, nombrada por Decreto 49/2025, de 9 de julio, del Consejo de Gobierno, en el ejercicio de las competencias recogidas en la Orden de 17 de abril de 2024, de la Consejería de
Economía, Hacienda y Empleo, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, y se desconcentra el protectorado de fundaciones, en relación con el Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y el Decreto 48/2019,
de 10 de junio, del Consejo de Gobierno por el que se regula la actividad convencional de
la Comunidad de Madrid.
Y, de otra parte, D. Ramón Jaume Boixadera Bosch, en su condición de Secretario de
Finanzas, D. Francisco Cuadrado Polo, como Secretario de Organización y D.a María de la
Fe Sastre de Pedro, como Secretaria de Desarrollo Organizativo, de forma mancomunada,
en nombre y representación de la entidad Comisiones Obreras de Madrid (USMR-CC OO),
con CIF G78092525, y domicilio en la calle Lope de Vega, 38 (28014 Madrid), en virtud
de las facultades que les otorga la escritura otorgada el 17 de junio de 2025 ante el notario
Carlos Mateo Martínez de Bartolomé, con el número 1.148 de su protocolo.
Actuando las partes en el ejercicio de sus respectivos cargos y reconociéndose mutuamente su capacidad legal y competencia para formalizar el presente convenio,
1. La Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional, señala que en nuestro país hay personas que disponen de conocimientos y
habilidades profesionales por haberlas adquirido a través de la experiencia laboral, pero, sin
embargo, no tienen una forma fácil y eficaz de reconocer y certificar esos conocimientos. El
modelo diseñado en la nueva ley integra, junto a las ofertas de formación profesional, la
orientación profesional y la acreditación de competencias adquiridas por experiencia laboral
u otras vías no formales o informales, como piedras angulares del nuevo sistema.
En cumplimiento del anterior precepto, el artículo 175.1 del Real Decreto 659/2023,
de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional,
establece que el procedimiento de acreditación de las competencias profesionales es un procedimiento administrativo abierto de forma permanente.
El artículo 57 del Decreto 27/2025, de 21 de mayo, del Consejo de Gobierno, por el
que se regula la ordenación y organización del Sistema de Formación Profesional de la Comunidad de Madrid, establece que el procedimiento de acreditación de las competencias
profesionales adquiridas por experiencia laboral u otras vías no formales o informales, es
un procedimiento administrativo abierto de forma permanente en la Comunidad de Madrid,
para las personas sin acreditación que quieran validar sus competencias, teniendo como referente el Catálogo Nacional de Estándares de Competencias Profesionales.
La Comunidad de Madrid mediante la Orden de 25 de junio de 2021, de la Consejería
de Economía, Hacienda y Empleo, y mediante la Orden de 15 de mayo de 2022, también
BOCM-20260606-8
EXPONEN
Otra información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 06-06-2026
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