Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 08-06-2026
Madrid (BOCM-20260608-48)
Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias. Delegación funciones
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Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias. Delegación funcionesB.O.C.M. Núm. 134
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 8 DE JUNIO DE 2026
Pág. 217
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
48
MADRID
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Acuerdo de 28 de mayo de 2026 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el
que se avocan las competencias para la redacción del proyecto y posterior ejecución de las
obras de mejora en la calle de la Constancia, y se delegan en el concejal presidente de Distrito de Chamartín.
Desde el distrito de Chamartín está previsto para el año 2026 la redacción del proyecto técnico y la posterior ejecución de las “Obras de mejora de la accesibilidad y sostenibilidad ambiental de la calle de la Constancia del distrito de Chamartín”. Esta actuación se
promueve como resultado de una iniciativa ciudadana presentada a través del programa
“Madrid decide” Portal de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Madrid. Dicha
iniciativa ha resultado ganadora en la última edición de los presupuestos participativos y,
por lo tanto, está dotada económicamente con la cantidad de 250.000 euros en la partida de
gastos del Presupuesto 001/205/153.22/619.10 “Otras actuaciones en vías públicas. Viales
(remodelación)”. Tiene un plazo de ejecución de cinco meses.
Conforme a lo dispuesto en los apartados 8.o 1.2.c) y 1.4 del Acuerdo de 29 de junio
de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos, la Dirección General de Conservación
de Vías Públicas es competente por un lado para renovar, reparar y conservar el alumbrado
público exterior, el de monumentos, el Centro de Control de Telegestión y otras instalaciones eléctricas municipales, así como controlar y supervisar el consumo de energía del mismo, excepto el de las infraestructuras de carácter supramunicipal y las integradas en los
grandes parques y, por otro, para redactar, planificar y ejecutar los proyectos de adecuación
y reforma de las vías públicas y obras de paso, así como la ejecución de obras de remodelación y urbanización de vías y espacios públicos, en coordinación con los distritos.
Por su parte, y conforme a los apartados 15.o 1.2 a), b), c) y g) del Acuerdo de 29 de
junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, la Dirección
General de Planificación e Infraestructuras de Movilidad es competente respectivamente
para: realizar estudios y análisis de equilibrios entre el tráfico rodado y el peatonal, así
como ordenar el uso y utilización de las vías públicas para la mayor compatibilidad de
vehículos y peatones; planificar las infraestructuras vinculadas a la movilidad urbana, determinando los principales requerimientos tales como ubicación, tipología y dimensión; definir los aspectos relacionados con la movilidad en los proyectos de remodelación de vías
y espacios públicos respetando los criterios que se establezcan en el Plan Integral que en
materia de sostenibilidad elabore el Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y
Movilidad; y para definir los aspectos relacionados con la movilidad en los proyectos de remodelación de vías y espacios públicos de acuerdo con los planes y programas de Sostenibilidad impulsados por el área.
Junto a ello, y de conformidad con el apartado 17.o 1.3 a) y e) del mismo acuerdo, la
Dirección General de Sostenibilidad y Control Ambiental es competente para, por un lado,
gestionar y controlar el servicio de estacionamiento regulado en las vías públicas de la Ciudad de Madrid, así como fijar y acordar, en coordinación con los Distritos, la proporción de
plazas de estacionamiento regulado por tipologías (azules, verdes, de uso disuasorio, uso
por motivos sociosanitarios y otros de naturaleza análoga), asegurando el adecuado cumplimiento de la Ordenanza de Movilidad Sostenible, de 5 de octubre de 2018; y, por otro
lado, para gestionar el suministro y conservación de todas las instalaciones de señalización
fija y especial, vertical y horizontal, vehicular y peatonal, así como de todas las instalaciones de placas identificativas de calles y medidas de calmado de tráfico que no suponga modificación de infraestructura viaria.
Asimismo, de conformidad con el apartado 19.o 1.2.c) y 1.4.a) del mismo acuerdo, la
Dirección General de Gestión del Agua y Zonas Verdes es competente para evaluar la co-
BOCM-20260608-48
Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias
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