Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 11-06-2026
C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20260611-25)
Certificados inspecciones periódicas – Resolución de 21 de mayo de 2026, de la Dirección General de Economía e Industria, por la que se establece el sistema de comunicación de los organismos de control de los Certificados de Inspección Periódica de Nivel C de los equipos a presión en la Comunidad de Madrid
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Certificados inspecciones periódicas – Resolución de 21 de mayo de 2026, de la Dirección General de Economía e Industria, por la que se establece el sistema de comunicación de los organismos de control de los Certificados de Inspección Periódica de Nivel C de los equipos a presión en la Comunidad de MadridPág. 114
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 11 DE JUNIO DE 2026
B.O.C.M. Núm. 137
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
25
RESOLUCIÓN de 21 de mayo de 2026, de la Dirección General de Economía e
Industria, por la que se establece el sistema de comunicación de los organismos
de control de los Certificados de Inspección Periódica de Nivel C de los equipos
a presión en la Comunidad de Madrid.
ANTECEDENTES DE HECHO
El Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento
de la Infraestructura para la calidad y la seguridad industrial, en su artículo 44 recoge: «La
verificación, por parte de los organismos de control, del cumplimiento de las condiciones
de seguridad de diseños, productos, equipos, procesos e instalaciones industriales se efectuará mediante los procedimientos de evaluación de la conformidad reglamentariamente establecidos, y que deberán ser acordes, en su caso, con la normativa comunitaria, emitiéndose el protocolo, acta, informe o certificado correspondiente».
Por otro lado, el artículo 45 del citado reglamento establece las obligaciones que con
carácter general tienen los organismos de control. Entre estas obligaciones se encuentra la
de «Notificar al titular del producto, equipo o instalación y, en su caso, al proyectista, al instalador o al conservador o mantenedor las deficiencias y anomalías encontradas referentes
a los reglamentos de seguridad aplicables, indicando los plazos en que las mismas deban
subsanarse, poniéndolo asimismo en conocimiento de la Administración Pública competente en materia de industria, en cuyo ámbito territorial desarrollen su actividad».
El vigente Reglamento de equipos a presión y sus instrucciones técnicas complementarias, aprobado mediante el Real Decreto 809/2021, de 21 de septiembre, establece en su
artículo 6.6 que «Las entidades que realicen las inspecciones de nivel B o C presentarán
los correspondientes certificados de inspección en el órgano competente de la comunidad
autónoma».
Por otro lado, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas regula en su artículo 14 la obligatoriedad que tienen
las personas jurídicas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo.
Para facilitar el control que debe realizar esta Dirección General del cumplimiento por
parte de los titulares de las instalaciones de las obligaciones derivadas de los reglamentos
de seguridad, así como de la labor desarrollada por los organismos de control la Comunidad de Madrid ha desarrollado una herramienta informática que permite el registro de la información generada en las actuaciones que se lleven a cabo, denominada «Gestión de Instalaciones, Expedientes e Inspecciones» (en adelante EXIN).
FUNDAMENTOS DE DERECHO
La competencia para resolver la cuestión le viene atribuida a esta Dirección General
de Economía e Industria, en virtud de lo establecido en el Decreto 44/2025, de 9 de julio,
del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el 230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.
Segundo
El artículo 12.5 de la Ley 21/1992, de 16 de julio, de industria, en relación con los reglamentos de seguridad industrial, faculta a las comunidades autónomas a establecer requisitos adicionales sobre las mismas materias cuando se trate de instalaciones radicadas en su
territorio.
BOCM-20260611-25
Primero
Otra información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 11-06-2026
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