Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 12-06-2026

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Boletín Oficial Comunidad Madrid
12/06/2026

Móstoles (BOCM-20260612-61)

Urbanismo. Gerencia Municipal de Urbanismo. Plan especial

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Urbanismo. Gerencia Municipal de Urbanismo. Plan especial
Página 1 del anuncio BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 138

VIERNES 12 DE JUNIO DE 2026

Pág. 159

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
61

MÓSTOLES
URBANISMO

Gerencia Municipal de Urbanismo
Expediente: U/005/PLA/2023/14 (PU14/2023).
La Corporación en Pleno, en su sesión celebrada el día 23 de abril de 2026, adoptó entre
otros, el siguiente Acuerdo (25/94):
Primero.—Aprobar definitivamente el documento del Plan Especial para segregación
de parcela en la avenida de los Rosales, 5,8 de la urbanización “Parque Coímbra” en Móstoles, Madrid.
Segundo.—Publicar esta aprobación definitiva en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID en los términos previstos en el artículo 66 de la L.S.C.M. Notificar el
Acuerdo a los interesados don Iván Burgaleta Godoy y Rubén García Real y dar traslado a
la Concejalía de Hacienda, Presidencia y Recursos Humanos.
DETERMINACIONES URBANÍSTICAS
1. Ámbito del Plan Especial
El ámbito del presente Plan Especial, se corresponde con la avenida de los Rosales, número 58, de la urbanización “Parque Coímbra” del municipio de Móstoles (Madrid,) con
referencia catastral: 1425901VK2612N0001UH con una superficie de 1.380, 00 m2s.
El Plan Especial adopta como superficie de la parcela 1.480 m2 de suelo.
2. Objeto del Plan Especial

BOCM-20260612-61

El objeto del Plan Especial es la segregación de la parcela situada en la avenida de los
Rosales, 58, en dos parcelas de 740,00 m2 y de 740,00 m2, respectivamente, lo que supone
una superficie de 1.480 m2s. Es decir, se trata de un solar urbano en el que el Plan General
permite su división pero mediante la tramitación de un documento urbanístico de desarrollo,
para garantizar que se mantiene el uso y la tipología residencial que sigue siendo vivienda
unifamiliar aislada y que no se aumenta la edificabilidad que se mantiene en 0,3 m2/m2.
La justificación de su elaboración parte de lo establecido por la Ordenanza ZU-R3.
Grado 2.o del vigente Plan General que exige que para parcelas con superficie superior
a 600 m2 la subdivisión deberá tramitarse con un Plan Especial que analice el impacto de
las nuevas viviendas resultantes, que es el objeto del presente documento.
Resumen de determinaciones urbanísticas del Plan Especial:
El Plan Especial plantea la segregación de la parcela situada en la avenida de los Rosales, 58, en dos de 740,00 m2 (en total 1.480 m2s), con las siguientes determinaciones urbanísticas para las parcelas resultantes:

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