Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 13-06-2026
D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20260613-17)
Convenio – Convenio de 12 de mayo de 2026, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y la Federación Hípica de Madrid, para la organización de la IV Copa de la Comunidad de Madrid de salto de obstáculos
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Convenio – Convenio de 12 de mayo de 2026, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y la Federación Hípica de Madrid, para la organización de la IV Copa de la Comunidad de Madrid de salto de obstáculosB.O.C.M. Núm. 139
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 13 DE JUNIO DE 2026
Pág. 175
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
17
CONVENIO de 12 de mayo de 2026, entre la Comunidad de Madrid, a través de
la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y la Federación Hípica de Madrid,
para la organización de la IV Copa de la Comunidad de Madrid de salto de
obstáculos.
En Madrid, a 12 de mayo de 2026.
REUNIDOS
De una parte, don Alberto Tomé González, Director General de Deportes de la Comunidad de Madrid.
Y, de otra parte, don José Antonio Herreros Ortega, Presidente de la Federación Hípica de Madrid.
INTERVIENEN
El primero de ellos, en nombre de la Comunidad de Madrid, Consejería de Cultura,
Turismo y Deporte, de conformidad con lo previsto en el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13
de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, de lo establecido en el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la
actividad convencional de la Comunidad de Madrid, en el Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, en la Orden 550/2026, de 30 de marzo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se delega el ejercicio de determinadas
competencias, la firma de convenios y protocolos y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones, y en virtud de su nombramiento como Director General de Deportes por Decreto 173/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno.
El segundo, en nombre y representación de la Federación Hípica de Madrid, inscrita
en la Sección de Federaciones Deportivas del Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid con el número 49, en calidad de Presidente de la misma en virtud de su
nombramiento, efectuado con fecha 24 de junio de 2024, y en virtud de las atribuciones de
su cargo recogidas en los artículos 44 y siguientes de los Estatutos Sociales.
Ambas partes se reconocen competencia para la firma del presente documento y
I. Que la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid,
en su artículo 2.1, apartados g), h), i), j) y k), señala que la política deportiva de la Comunidad de Madrid se inspirará, entre otros principios, en la promoción de la competición deportiva de rendimiento, la difusión de las actividades físicas y del deporte en todos los sectores de la población y, en particular, entre los más desfavorecidos, la promoción de las
actividades físicas y del deporte entre los disminuidos físicos, psíquicos y sensoriales como
forma de integración social y de terapia y la colaboración responsable entre las diversas Administraciones Públicas, y entre estas y la organización deportiva privada, así como facilitar el acceso de la mujer al deporte.
II. Que la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte es el departamento de la Administración de la Comunidad de Madrid encargado de la propuesta y ejecución de la política
del Gobierno en materia de Deporte, correspondiendo a su titular, entre otras, las competencias relativas al desarrollo, coordinación y control de ejecución de las políticas públicas
del Gobierno en materia de Deporte, en virtud de lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estruc-
BOCM-20260613-17
EXPONEN
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