Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 15-06-2026
Alcalá de Henares (BOCM-20260615-47)
Régimen económico. Padrones fiscales
Buscador de información oficial
¿No encuentras lo que buscas? No desesperes y deja de perder más el tiempo.
Reta a nuestro buscador a encontrarlo...¡dale caña!
Comenzar a buscarHemos integrado ChatGPT y Oficius
Prueba a buscar información oficial con inteligencia artificial.
Buscar con inteligencia artificialContenido de la primera página
Régimen económico. Padrones fiscalesB.O.C.M. Núm. 140
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 15 DE JUNIO DE 2026
Pág. 211
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
47
ALCALÁ DE HENARES
Anuncio de la aprobación de los siguientes Padrones del ejercicio 2026: Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana, Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Rústica, e Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Características Especiales.
Habiéndose aprobado, por Resoluciones del Órgano de Gestión Tributaria, los siguientes Padrones del ejercicio 2026: Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana, Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Rústica, e Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Características Especiales; se hace público que:
Las liquidaciones se notificarán colectivamente mediante la publicación de anuncio en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como a través de edictos que lo
adviertan, todo ello, a tenor de lo dispuesto en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de
diciembre, General Tributaria y el artículo 24 del Reglamento General de Recaudación,
aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio. El padrón se expondrá al público por
un plazo de 15 días a contar desde el siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 72.4 de la
Ordenanza Fiscal General de Gestión, Inspección y Recaudación de este Ayuntamiento.
El plazo de pago en período voluntario es el siguiente: del 23/6/2026 al 23/9/2026.
Si el último día del pago es inhábil éste finalizará el inmediato día hábil posterior.
El lugar y forma de pago de las liquidaciones es el señalado en el reverso de las mismas, en cualquiera de las entidades colaboradoras indicadas, dentro del horario de apertura al público. También se podrá realizar el pago mediante tarjeta de crédito, débito, prepago o virtual de cualquier entidad bancaria o mediante BIZUM, en la página web del
Ayuntamiento: www.aytoalcaladehenares.es , a través de la Sede Electrónica en el enlace
denominado: “Pago de Tributos Online”. El último día de pago, éste se podrá realizar hasta las 19:00 horas. Igualmente, se podrá realizar el pago en cualquier Oficina de Correos,
que cobrará una tarifa de 1,95 euros.
Transcurrido el plazo voluntario de ingreso, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio previsto en el artículo 161 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria; devengarán los recargos a los que se refiere el artículo 28 de la misma Ley
y, en su caso, las costas del procedimiento de apremio; así como los intereses de demora
que se devenguen conforme al artículo 26 de la misma Ley.
Contra las liquidaciones se podrá interponer ante el Órgano de Gestión Tributaria de
este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la finalización del
período voluntario de pago, recurso potestativo de reposición previo a la reclamación económico-administrativa, o bien directamente, reclamación económico-administrativa en el
mismo plazo, que se resolverá por el Tribunal Económico-Administrativo Municipal del
Ayuntamiento de Alcalá de Henares, teniendo esta reclamación económico-administrativa
carácter preceptivo y previo para poder interponer, en su caso, el recurso contencioso-administrativo ante la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de
Madrid. Si el interesado interpusiera el recurso de reposición no podrá promover la reclamación económico-administrativa hasta que el recurso se haya resuelto de forma expresa o
hasta que pueda considerarlo desestimado por silencio administrativo.
Alcalá de Henares, a 4 de junio de 2026.—El tesorero titular Órgano de Gestión
Tributaria, Isidro Valenzuela Villarrubia.
(01/9.322/26)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20260615-47
RÉGIMEN ECONÓMICO
Otra información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 15-06-2026
Autorización ambiental integrada – Resolución de 21 de mayo de 2026, de la Directora General de Transición Energética y Economía Circular de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior de la Comunidad de Madrid, por la que se somete a información pública la documentación de la solicitud de Modificación...
Vías pecuarias – Resolución de 22 de mayo de 2026, del Director General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se anuncia la exposición pública relativa a la autorización de ocupación temporal de la vía pecuaria Descansadero del Ejido, en el término municipal de Cervera de Buitrago, para nueva...
Hemos encontrado más información de empleo y ayudas relacionados pero están ocultos porque eres un usuario anónimo.
Para ver todo el contenido debes ser un usuario registrado. A continuación podrás iniciar sesión o crear una nueva cuenta.
Otros anuncios. Área de Gobierno de Obras y Equipamientos. Proyecto urbanización