Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 18-06-2026
Alcalá de Henares (BOCM-20260618-60)
Régimen económico. Padrón fiscal
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Régimen económico. Padrón fiscalPág. 220
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 18 DE JUNIO DE 2026
B.O.C.M. Núm. 143
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
60
ALCALÁ DE HENARES
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20260618-60
Anuncio de aprobación de las cuotas de la tasa por prestación del servicio de recogida,
gestión, transporte y tratamiento de residuos de competencia local, del mes de abril de 2026.
Habiéndose aprobado por resolución del Órgano de Gestión Tributaria 2026002431,
de 4 de mayo de 2026, las cuotas de la Tasa por Prestación del Servicio de Recogida, Gestión, Transporte y Tratamiento de Residuos de competencia local, del mes de abril 2026,
incluidas en la factura del agua de dicho mes, se hace público que:
Las cuotas se notifican colectivamente mediante la publicación del presente anuncio de
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como a través de edictos que
lo adviertan, todo ello a tenor de lo dispuesto en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17
de diciembre, General Tributaria. La resolución se expone al público por un plazo de 15 días,
a contar desde el siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID.
Contra dichas liquidaciones se podrá interponer ante el Órgano de Gestión Tributaria
de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de finalización de
la exposición del presente acto, recurso potestativo de reposición previo a la reclamación
económico-administrativa, o bien directamente, reclamación económico-administrativa en
el mismo plazo, que se resolverá por el Tribunal Económico-Administrativo Municipal del
Ayuntamiento de Alcalá de Henares, teniendo esta reclamación económico-administrativa
carácter preceptivo y previo para poder interponer, en su caso, el recurso contencioso-administrativo ante la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de
Madrid. Si el interesado interpusiera el recurso de reposición no podrá promover la reclamación económico-administrativa hasta que el recurso se haya resuelto de forma expresa o
hasta que pueda considerarlo desestimado por silencio administrativo.
Alcalá de Henares, a 10 de junio de 2026.—El tesorero-titular Órgano Gestión, Isidro
Valenzuela Villarrubia.
(01/9.671/26)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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