Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 20-06-2026
D) Anuncios - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS (BOCM-20260620-8)
Convenio – Convenio de colaboración de 26 de mayo de 2026, entre la Comunidad de Madrid y la Asociación Española de la Carretera para la promoción de la innovación y de la tecnología en la movilidad segura y conectada de la red de carreteras de la Comunidad de Madrid
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Convenio – Convenio de colaboración de 26 de mayo de 2026, entre la Comunidad de Madrid y la Asociación Española de la Carretera para la promoción de la innovación y de la tecnología en la movilidad segura y conectada de la red de carreteras de la Comunidad de MadridB.O.C.M. Núm. 145
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 20 DE JUNIO DE 2026
Pág. 53
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Vivienda,Transportes e Infraestructuras
8
CONVENIO de colaboración de 26 de mayo de 2026, entre la Comunidad de
Madrid y la Asociación Española de la Carretera para la promoción de la innovación y de la tecnología en la movilidad segura y conectada de la red de carreteras de la Comunidad de Madrid.
Madrid, a 26 de mayo de 2026.
REUNIDOS
De una parte, D. Jorge Rodrigo Domínguez, Consejero de Vivienda, Transportes e Infraestructuras de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid, nombrado por Decreto 41/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID 26 de junio,
número 150), en virtud de lo previsto en el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, en el Decreto 38/2023,
de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, y conforme a lo recogido en el Decreto 244/2023, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras.
De otra parte, D. Juan Francisco Lazcano Acedo, con DNI ***6924**, y D. Jacobo
Díaz Pineda, con DNI ***7350**, en nombre y representación como Presidente y Director
General, respectivamente, de la Asociación Española de la Carretera (en adelante, AEC) ,
entidad sin ánimo de lucro con CIF G28201929, dirección en Calle Goya número 23,
C.P. 28001 Madrid, inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones con el número 4.124
y declarada de Utilidad Pública según Orden Ministerial de 24 de febrero de 1998, ejerciendo las facultades que le conceden los Estatutos, así como los poderes que les acreditan para
la firma de este Convenio, de manera mancomunada, según Escritura de Poder de la Asociación Española de la Carretera realizada ante el Notario Andrés Domínguez Nafría, con
número 3.829 y fecha de 18 de junio de 2025,
EXPONEN
Que la Administración de la Comunidad de Madrid, con personalidad jurídica, ostenta capacidad para suscribir convenios con sujetos de derecho privado para un fin común,
conforme al artículo 47.2 c) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, y el artículo 2.1 del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
La Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto 38/2023, de 23 de junio de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la
Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 150,
de 26 de junio), y en el artículo 8 apartado 2 del Decreto 244/2023, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 237, de 5 de
octubre), por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, tiene atribuidas, entre otras, las siguientes competencias:
— El impulso y elaboración de proyectos de disposiciones de carácter general, en particular de normativa técnica, en las materias propias de su ámbito competencial.
— La propuesta de actuaciones o ejecución de obras no contempladas en el plan de
carreteras, así como los estudios de tráfico y seguridad vial.
— La elaboración de instrucciones técnicas y el estudio y desarrollo de nuevas técnicas de ejecución de obras de infraestructuras viarias.
BOCM-20260620-8
Primero
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