Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 25-06-2026
D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20260625-35)
Deposito estatutos – Resolución de 15 de junio de 2026, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre modificación de los estatutos de la asociación denominada Unión de Pequeños Agricultores y Ganaderos de la Comunidad de Madrid (UPA-Madrid) (número de depósito: 28000540)
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Deposito estatutos – Resolución de 15 de junio de 2026, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre modificación de los estatutos de la asociación denominada Unión de Pequeños Agricultores y Ganaderos de la Comunidad de Madrid (UPA-Madrid) (número de depósito: 28000540)B.O.C.M. Núm. 149
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 25 DE JUNIO DE 2026
Pág. 349
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
35
RESOLUCIÓN de 15 de junio de 2026, de la Dirección General de Trabajo de la
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre modificación de los estatutos de la asociación denominada Unión de Pequeños Agricultores y Ganaderos
de la Comunidad de Madrid (UPA-Madrid) (número de depósito: 28000540).
Visto el escrito de solicitud de modificaciones estatutarias presentado por D. Jesús
Anchuelo Sánchez, en representación de la asociación empresarial denominada Unión de
Pequeños Agricultores y Ganaderos de la Comunidad de Madrid (UPA-Madrid) y teniendo en cuenta los siguientes:
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero
Que la citada asociación presentó escrito, con registro de entrada 28/2026/000144 en
esta Oficina de Depósito de Estatutos de fecha 7/4/2026, por el que solicita el depósito de
la modificación de sus estatutos.
Al observarse defectos en la documentación presentada, se requirió con fecha 27/4/2026
para la subsanación de los mismos que fue efectuada el 5/6/2026.
Se adjunta Acta del V Congreso Ordinario, celebrado con fecha 11/12/2025, suscrita
por la Secretaria de Actas con el visto bueno del Presidente del Congreso, en la que consta
el acuerdo de aprobación de las modificaciones estatutarias de la organización. Asimismo,
se adjunta el texto íntegro de los Estatutos modificados en el citado Congreso.
En particular, se incorporan los nuevos artículos 9 y 10, lo que conlleva el correlativo desplazamiento y remuneración de los artículos posteriores y a la modificación de parte de ellos.
Asimismo, se modifica íntegramente el contenido del artículo 41 y se incorpora un
nuevo artículo 48, destinado a regular el régimen de fusión de la Asociación, así como un
Anexo en el que se regulan las facultades atribuidas al Secretario General.
Como resultado de las modificaciones aprobadas, el texto estatutario refundido queda
integrado por cuarenta y ocho artículos, quince disposiciones adicionales, dos disposiciones finales y un Anexo.
Segundo
Que examinada la documentación presentada se comprueba que la misma cumple todos los requisitos legales establecidos en la Ley 19/1977, reguladora del derecho de asociación sindical y en el artículo 7 del Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo.
A los anteriores Antecedentes, son de aplicación los siguientes:
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Que la Dirección General de Trabajo es competente para resolver la presente solicitud,
de conformidad con lo establecido en la Ley 19/1977, reguladora del derecho de Asociación
Sindical, Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales constituidas al amparo de la Ley 19/77 de 1 de abril y en
el Real Decreto 932/95, de 9 de junio, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid, en materia de Trabajo y demás disposiciones complementarias concordantes.
BOCM-20260625-35
Primero
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