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Boletín Oficial Comunidad Madrid
06/07/2026

Alcobendas (BOCM-20260706-54)

Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

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Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
Página 1 del anuncio BOCM
B.O.C.M. Núm. 159

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 6 DE JULIO DE 2026

Pág. 259

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
54

ALCOBENDAS
RÉGIMEN ECONÓMICO

Extracto del Decreto número 9491, de fecha 15 de junio de 2026, de la concejaladelegada de Distrito Norte, Distrito Empresarial, Fomento del Empleo, Comercio, Consumo y Licencias, por el que se convocan subvenciones para apoyar la continuidad y sostenibilidad del tejido comercial minorista, hostelero y de servicios de Alcobendas.
BDNS (Identif.): 913392
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/913392 ).
Extracto del Decreto número 9491, de fecha 15 de junio de 2026, de la concejaladelegada de Distrito Norte, Distrito Empresarial, Fomento del empleo, Comercio, Consumo y Licencias por el que se convocan subvenciones para apoyar la continuidad y sostenibilidad del tejido comercial minorista, hostelero y de servicios de Alcobendas.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias ).

1) Cuotas de alquiler del local: Cuotas de arrendamiento del establecimiento afecto
a la actividad durante el período subvencionable, siempre que el contrato esté en vigor y el
domicilio coincida con el de la licencia de actividad o declaración responsable.
2) Cuotas del préstamo hipotecario: Cuotas del préstamo hipotecario (capital amortizado más intereses ordinarios), destinado a la adquisición del local comercial donde se desarrolla la actividad.
3) Gastos de suministro eléctrico del local de la actividad, con independencia de que
el titular sea arrendatario o propietario, por tratarse de un gasto esencial e inherente al funcionamiento del establecimiento.

BOCM-20260706-54

Primero. Beneficiarios.—Empresarios individuales y pequeñas empresas (de menos
de 50 trabajadores, con un volumen de negocios anual inferior a 10 millones de euros, conforme al Anexo I del Reglamento (UE) número 651/2014) que tengan establecimiento comercial, hostelero o de servicios abierto al público en el término municipal de Alcobendas.
Segundo. Objeto.—Apoyar la continuidad y sostenibilidad del tejido comercial minorista, hostelero y de servicios de Alcobendas, compensando parte de los gastos estructurales esenciales asociados al mantenimiento del local donde se desarrolla la actividad económica.
Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza de bases reguladoras generales para la
concesión de subvenciones en materia de desarrollo económico, fomento del empleo y comercio del Ayuntamiento de Alcobendas (pág. 108 y ss. del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, número 177, de 28 de julio de 2014).
También disponible en las webs municipales www.alcobendas.org .
Cuarto. Cuantía.—El Ayuntamiento de Alcobendas con cargo a la partida
101-43000-47900 del presupuesto vigente destina una cuantía total de 1.000.000 de euros.
Se establece un importe máximo de ayuda por beneficiario de 1.000 euros.
Se considerarán gastos subvencionables los conceptos relacionados en este apartado,
que hayan sido realizados y abonados en el período comprendido desde el 1 de enero
de 2026 hasta el momento de la presentación de la solicitud de subvención:

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