Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 07-07-2026
Alcobendas (BOCM-20260707-45)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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Régimen económico. Extracto convocatoria subvencionesPág. 262
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 7 DE JULIO DE 2026
B.O.C.M. Núm. 160
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
45
ALCOBENDAS
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto del Decreto 9421, de 12/6/2026, de la Concejalía Delegada de Familia y Bienestar Social del Ayuntamiento de Alcobendas por el que aprueba la convocatoria de subvenciones al nacimiento, adopción o acogimiento producidos en Alcobendas entre el 1 de
septiembre de 2025 y el 31 agosto del año 2026.
BDNS (Identif.): 916169
BOCM-20260707-45
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/916169 ).
Primero. Beneficiarios.—Podrán ser beneficiarios de la subvención regulada en la
presente convocatoria quienes sean progenitores, adoptantes o acogedores del menor nacido en el municipio de Alcobendas entre el 1 de septiembre de 2025 al 31 de agosto de 2026,
titulares del Libro de Familia o de la certificación literal del Registro Civil en la que figure
registrado su nacimiento o adopción, o en la resolución administrativa por la que se reconozca la medida de acogimiento del menor.
Segundo. Objeto.—La convocatoria tiene por objeto la concesión de ayudas por nacimiento y adopción de hijos y acogimiento de menores en el municipio de Alcobendas, para
apoyar la crianza y la conciliación en el primer año de vida, que se produzcan desde 1 de septiembre de 2025 al 31 de agosto de 2026, por un importe máximo a otorgar de 390.000 euros.
Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza de bases reguladoras generales para concesión de subvenciones en materia de Bienestar Social (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 24, de 28/1/2017), que regula los ámbitos o materias sobre los que se
pueden conceder subvenciones en el Ayuntamiento de Alcobendas.
Cuarto. Cuantía.—El importe total máximo destinado a estas subvenciones es de
trescientos noventa mil euros (390.000 euros). La ayuda consiste en un pago único de 500
euros por cada uno de los menores nacidos, adoptados y/o en situación de acogimiento familiar. La cuantía máxima que se podrá conceder a cada solicitante será de 1.500 euros por
convocatoria.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Las solicitudes de subvención y el
resto de documentación exigida por la ordenanza a la que se hace referencia en el base 9 de
esta convocatoria se presentarán en el plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día 7
de septiembre de 2026.
El modelo normalizado de solicitud estará disponible en la Sede Electrónica del Ayuntamiento www.alcobendas.org
Alcobendas, a 29 de junio de 2026.—El concejal-delegada, María Concepción Villalón
Blesa.
(03/10.939/26)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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