Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 13-07-2026
Torrelodones (BOCM-20260713-64)
Régimen económico. Matrícula impuestos
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Régimen económico. Matrícula impuestosPág. 214
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 13 DE JULIO DE 2026
B.O.C.M. Núm. 165
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
64
TORRELODONES
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20260713-64
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 3 del Real Decreto 243/1995, de 17
de febrero, por el que se dictan normas para la gestión del impuesto sobre actividades económicas y se regula la delegación de competencias en materia de gestión censal de dicho
impuesto, se expone al público la matricula provisional del impuesto sobre actividades económicas (IAE) correspondiente al ejercicio 2026, remitida por la Administración Tributaria del Estado, durante el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al
de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, pudiendo consultarse en el servicio de Gestión Tributaria, situado en plaza de la
Constitución, n.o 1, de Torrelodones, en horario de 8:00 a 14:00, de lunes a viernes, o bien
a través del correo Ivtnu@ayto-torrelodones.org .
El presente anuncio será expuesto en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Torrelodones.
Durante el plazo indicado de exposición al público, y de acuerdo con lo dispuesto en
la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía
de los Derechos Digitales, la información relativa a los datos de la matrícula solo se facilitará al obligado tributario o su representante, debidamente acreditado, que directamente les
afecten.
Contra los datos contenidos en la matrícula se podrá interponer recurso potestativo de
reposición potestativo ante el/la jefe/a de la Dependencia de Gestión o ante el/la administrador/a de la Administración Tributaria del Estado que dicta el acto, en el plazo de un mes
a contar desde el día inmediato siguiente al del término del período de exposición pública,
o reclamación ante el Tribunal Económico-Administrativo competente en el mismo plazo,
sin que puedan interponerse simultáneamente ambos recursos, conforme a lo previsto en los
artículos 91 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el
texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y 4 y 15 del mencionado
Real Decreto 243/1995, de 17 de febrero.
La interposición del recurso no suspenderá la acción administrativa para la cobranza,
a menos que el interesado solicite, dentro del plazo para interponer el mismo, la suspensión
de la ejecución del acto impugnado, de conformidad con el artículo 14.2.i) del citado Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
Torrelodones, a 3 de julio de 2026.—La concejal-delegada de Hacienda, M.a Concepción
Pastor de Pablo.
(01/11.221/26)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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