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Navas del Rey (BOCM-20260716-42)
Régimen económico. Bases ayudas
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Régimen económico. Bases ayudasBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 94
JUEVES 16 DE JULIO DE 2026
B.O.C.M. Núm. 168
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
42
NAVAS DEL REY
RÉGIMEN ECONÓMICO
El Pleno de esta entidad, en sesión extraordinaria celebrada el día 26/6/2026 de la entidad de Navas del Rey, por el que se aprueba las bases reguladoras de Emergencia Social
del expediente 821/2026.
Aprobadas las bases reguladoras de Emergencia Social, por Acuerdo del Pleno
de 26/6/2026, entrarán en vigor al día siguiente de la publicación integra del presente anuncio en este BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
BASES REGULADORAS DE LAS AYUDAS DE EMERGENCIA SOCIAL
DEL AYUNTAMIENTO DE NAVAS DEL REY
1. Objeto y finalidad
Las presentes bases reguladoras tienen por objeto establecer el régimen jurídico aplicable a la concesión de ayudas de emergencia social destinadas a atender situaciones de necesidad inmediata que afecten a personas o unidades de convivencia en situación de vulnerabilidad social o económica, con el fin de garantizar su subsistencia y favorecer su
autonomía personal.
Las ayudas se configuran como prestaciones económicas de carácter finalista, no periódico y de pago único, destinadas a cubrir necesidades básicas y urgentes.
Asimismo, en el marco del Plan Individualizado de Intervención, las personas beneficiarias podrán participar en acciones formativas y de mejora de la empleabilidad, desarrolladas por el Ayuntamiento o por entidades con las que exista convenio de colaboración, sin
que ello constituya requisito para el acceso a la ayuda.
2. Régimen jurídico aplicable
Las ayudas se regirán por:
— La Ley 11/2003, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid.
— La Ley 38/2003, General de Subvenciones, y su Reglamento (RD 887/2006).
— La Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común.
— La Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público.
— La Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, art. 25.2.e).
— El Convenio Interadministrativo suscrito con la Comunidad de Madrid para la financiación de Servicios Sociales.
— Las presentes Bases y demás normativa aplicable.
3. Naturaleza de las ayudas
1. Tendrán carácter extraordinario, finalista y no periódico.
2. Se concederán en régimen de concurrencia no competitiva, atendiendo al orden de
presentación y cumplimiento de requisitos
3. Su concesión estará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente.
Podrán ser beneficiarias las personas o unidades de convivencia que cumplan los siguientes requisitos:
— Estar empadronadas en Navas del Rey con al menos un año de antigüedad inmediatamente anterior a la solicitud.
— Encontrarse en situación de vulnerabilidad social, acreditada mediante informe
social.
— Carecer de recursos económicos suficientes para afrontar la necesidad urgente.
BOCM-20260716-42
4. Personas beneficiarias
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