Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 17-07-2026
B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20260717-11)
Concurso de méritos – Orden 2323/2026, de 7 de julio, de la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se resuelve la convocatoria aprobada mediante Orden 5911/2025, de 9 de diciembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 22 de diciembre de 2025) de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, para la provisión de puestos de trabajo por el procedimiento de Concurso de Méritos
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Concurso de méritos – Orden 2323/2026, de 7 de julio, de la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se resuelve la convocatoria aprobada mediante Orden 5911/2025, de 9 de diciembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 22 de diciembre de 2025) de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, para la provisión de puestos de trabajo por el procedimiento de Concurso de MéritosBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
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VIERNES 17 DE JULIO DE 2026
B.O.C.M. Núm. 169
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
11
ORDEN 2323/2026, de 7 de julio, de la Consejera de Educación, Ciencia y
Universidades, por la que se resuelve la convocatoria aprobada mediante Orden 5911/2025, de 9 de diciembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID de 22 de diciembre de 2025) de la Consejería de Educación, Ciencia y
Universidades, para la provisión de puestos de trabajo por el procedimiento de
Concurso de Méritos.
Por Orden 5911/2025, de 9 de diciembre, del entonces Consejero de Educación, Ciencia y Universidades (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 22 de diciembre de 2025), se aprobó convocatoria pública para la provisión de puestos de trabajo vacantes en dicha Consejería por el procedimiento de Concurso de Méritos.
En el procedimiento de provisión se han cumplido las normas de la Ley 1/1986, de 10
de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 24 de abril); la Ley 4/1989, de 6 de abril, de provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID de 4 de mayo de 1989); la Orden 923/1989, de 20 de abril, de
la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban las bases generales que han de regir en
las convocatorias para provisión de puestos por los sistemas de Concurso de Méritos y Libre Designación (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de abril); la Orden 2094/1990, de 31 de agosto, de la Consejería de Hacienda, por la que se regula el sistema general que ha de regir en las diferentes convocatorias que se publiquen para los
concursos de provisión de puestos de trabajo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID de 7 de septiembre) el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado (“Boletín Oficial del Estado”
de 10 de abril), así como las demás prescripciones contenidas en las bases de convocatoria
correspondientes.
De acuerdo con la propuesta efectuada por la Junta de Méritos y el informe favorable
emitido por la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo y en virtud de la competencia
atribuida en el artículo 49.2 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la
Comunidad de Madrid,
RESUELVO
Primero
Objeto
Se adjudican los puestos de trabajo convocados a los funcionarios que figuran en el
Anexo.
Segundo
1. El plazo para tomar posesión del nuevo destino obtenido será de tres días. Dicho
plazo empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días siguientes al de la publicación de la presente resolución.
El cómputo de los citados plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos
o licencias que, en su caso, hayan sido concedidos a los interesados, salvo que, por causas
justificadas, el órgano que los concedió acuerde suspender el disfrute de los mismos.
2. Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión será el que establezca la orden de reingreso, conforme a lo previsto en la normativa
aplicable.
BOCM-20260717-11
Plazo de toma de posesión
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