Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 20-07-2026
Cubas de la Sagra (BOCM-20260720-67)
Urbanismo. Expropiación
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Urbanismo. ExpropiaciónB.O.C.M. Núm. 171
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 20 DE JULIO DE 2026
Pág. 503
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
67
CUBAS DE LA SAGRA
URBANISMO
BOCM-20260720-67
El Pleno Municipal del Ayuntamiento de Cubas de la Sagra, en sesión celebrada el
día 22 de junio de 2026, aprobó por ocho votos a favor (PP), y tres abstenciones (PSOE),
el siguiente acuerdo, entre otros, de desestimar las alegaciones presentadas y aprobar definitivamente el proyecto de expropiación forzosa por el procedimiento de tasación conjunta de los bienes y derechos incluidos en el Sector S-11, correspondientes a los propietarios
no adheridos a dicha Junta de Compensación:
Primero.—Desestimar las alegaciones presentadas por D.a Berta Gallego Fernández
Burgos y D.a Clara Teresa Gallego Wood, en relación con el expediente de expropiación de
los bienes y derechos de los propietarios no adheridos a la Junta de Compensación del Sector S-11, por los motivos expresados en el informe de los Servicios Técnicos, de fecha 10
de junio de 2026 y en el informe de los Servicios Jurídicos, de fecha 11 de junio de 2026.
Segundo.—Aprobar definitivamente el proyecto de expropiación por tasación conjunta de los bienes y derechos incluidos en el Sector S-11 de los propietarios no adheridos a
dicha Junta de Compensación.
Tercero.—Publicar el presente acuerdo de aprobación definitiva en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Cuarto.—Notificar el presente acuerdo a los interesados propietarios y titulares de bienes y derechos que figuran en el expediente, confiriéndoles un término de veinte días durante el cual podrán manifestar por escrito su disconformidad con la valoración establecida. Si los interesados no formularen oposición en el citado plazo, se entenderá aceptada.
Quinto.—Trasladar el expediente al Jurado Territorial de Expropiación Forzosa de la
Comunidad de Madrid para la fijación del justiprecio en caso de que los interesados manifiesten su disconformidad.
Contra el citado acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán
interponer de forma potestativa recurso de reposición ante el Pleno de este Ayuntamiento
en el plazo de un (1) mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Alternativamente, se podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo
ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid (o Sala competente del
Tribunal Superior de Justicia de Madrid), en el plazo de dos (2) meses a contar desde el
día siguiente al de su publicación, conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de cualquier
otro recurso que estimen procedente en derecho.
En Cubas de la Sagra, a 25 de junio de 2026.—El alcalde-presidente, Antonio Naranjo
Martín.
(02/10.675/26)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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