Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 23-07-2026

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Boletín Oficial Comunidad Madrid
23/07/2026

Cadalso de los Vidrios (BOCM-20260723-51)

Organización y funcionamiento. Delegación funciones

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Organización y funcionamiento. Delegación funciones
Página 1 del anuncio BOCM
Pág. 414

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 23 DE JULIO DE 2026

B.O.C.M. Núm. 174

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
51

CADALSO DE LOS VIDRIOS
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Dña. Verónica María Muñoz Villalba, alcaldesa-presidenta del Ayuntamiento de Cadalso de los Vidrios.
HECHOS Y FUNDAMENTOS DE DERECHO
Visto que corresponde a los tenientes de alcalde, en cuanto tales, sustituir en la totalidad de sus funciones y por el orden de su nombramiento, al alcalde, en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que imposibilite a éste para el ejercicio de sus atribuciones,
así como desempeñar las funciones del alcalde en los supuestos de vacante en la Alcaldía
hasta que tome posesión el nuevo alcalde.
Visto que durante los días 20 a 26 de septiembre de 2026 inclusive, la Sra. alcaldesa
se encontrará ausente del Municipio.
Por todo ello, en virtud de lo dispuesto en los artículos 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de acuerdo con los artículos 44 y 47 del
Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
Vista la propuesta de resolución PR/2026/153 de 15 de julio de 2026.
En virtud del artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local.

Primero.—Delegar en la primer teniente de alcalde, la totalidad de las funciones de la
Alcaldía, en los términos del artículo 23.3 Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, durante el período indicado.
Segundo.—La delegación comprende las facultades de dirección y de gestión, así
como la de resolver los procedimientos administrativos oportunos mediante la adopción de
actos administrativos que afecten a terceros.
Tercero.—El órgano delegado ha de informar a esta Alcaldía, a posteriori, y, en todo
caso, cuando se le requiera para ello, de la gestión realizada y de las disposiciones dictadas
en el período de referencia, y con carácter previo de aquellas decisiones de trascendencia, tal
y como se prevé en al artículo 115 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de
noviembre.
Cuarto.—La delegación conferida en el presente decreto requerirá para su eficacia la
aceptación del órgano delegado, entendiéndose ésta otorgada tácitamente si no se formula ante
esta Alcaldía expresa manifestación de no aceptación de la delegación en el término de tres días
hábiles contados desde el siguiente a aquel en que le sea notificada esta resolución.
Quinto.—La presente resolución será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia, dándose cuenta de su contenido al Pleno de la Corporación en la primera sesión que esta celebre.
Sexto.—En lo no previsto expresamente en esta resolución se aplicarán directamente
las previsiones de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, en cuanto a las reglas que para la delegación se establecen en dichas normas.
En Cadalso de los Vidrios, a 15 de julio de 2026.—La alcaldesa-presidenta, Verónica
María Muñoz Villalba.
(03/11.922/26)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20260723-51

RESOLUCIÓN

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