Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 24-07-2026
Madrid (BOCM-20260724-54)
Otros anuncios. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Concesión subvenciones
Buscador de información oficial
¿No encuentras lo que buscas? No desesperes y deja de perder más el tiempo.
Reta a nuestro buscador a encontrarlo...¡dale caña!
Comenzar a buscarHemos integrado ChatGPT y Oficius
Prueba a buscar información oficial con inteligencia artificial.
Buscar con inteligencia artificialContenido de la primera página
Otros anuncios. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Concesión subvencionesB.O.C.M. Núm. 175
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 24 DE JULIO DE 2026
Pág. 345
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
54
MADRID
OTROS ANUNCIOS
Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad
Decreto del delegado del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, por el que se resuelve el procedimiento de declaración de pérdida del derecho al cobro, total o parcial, de determinados beneficiarios de la convocatoria pública de subvenciones destinadas al fomento de la movilidad sostenible en la distribución urbana de
mercancías (Cambia 360), de la anualidad 2024.
Visto el informe propuesta de fecha 14 de julio de 2026 de la Dirección General de Planificación e Infraestructuras de Movilidad, para la declaración de pérdida de derecho al cobro total o parcial, de determinados beneficiarios de la convocatoria pública de subvenciones destinadas al fomento de la movilidad sostenible en la distribución urbana de mercancías
(Cambia 360), de la anualidad 2024 (convocatoria), y con base en los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.—Con fecha 4 de junio de 2026 se publicó en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (BOAM) y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID) el Decreto de 28 de mayo de 2026, del
delegado del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad por el que se
acuerda el inicio del procedimiento de declaración de procedencia de la pérdida del derecho al cobro de determinados beneficiarios de la convocatoria, y se proponía la relación
provisional de aquéllos que no habían acreditado la realización de la actividad subvencionable en el plazo de 6 meses que se establece en el apartado 14.1 de la convocatoria.
Asimismo, con carácter previo a declarar la pérdida del derecho al cobro, se concedía
un plazo de alegaciones de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del Decreto en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
Segundo.—Con fecha 14 de julio de 2026 por la Dirección General de Planificación e
Infraestructura de Movilidad se ha emitido informe propuesta para resolver las alegaciones
presentadas durante el período de audiencia concedido en el precitado Decreto de 28 de
mayo de 2026, y declarar la procedencia de la pérdida del derecho al cobro total o parcial
de determinados beneficiarios de la convocatoria.
A los anteriores hechos resulta de aplicación los siguientes,
Primero.—Se producirá la pérdida del derecho al cobro total o parcial de la subvención, según establece el artículo 89.1 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que
se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (RLGS), en el supuesto de falta de justificación o de concurrencia de alguna de las causas previstas en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante, LGS).
En este mismo sentido se pronuncia el artículo 40.5 de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus
Organismos Públicos, aprobada por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid de 30 de
octubre de 2013 (OBRGS).
Y según el artículo 89.2 del RLGS, el procedimiento para declarar la procedencia de
la pérdida del derecho de cobro de la subvención será el establecido en el artículo 42 de la
Ley General de Subvenciones. Asimismo, establece el artículo 94.2 del RLGS que el acuerdo por el que se inicie el procedimiento se notificará al beneficiario, concediéndole un plazo de quince días para que alegue o presente los documentos que estime pertinentes.
BOCM-20260724-54
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Otra información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 24-07-2026
Puesto libre designación – Orden 1130/2026, de 16 de julio, de la Consejera de Sanidad, por la que se resuelve la convocatoria aprobada por Orden 500/2026, de 23 de marzo, de esta Consejería de Sanidad (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 1 de abril), para la provisión de...
Convenio – Adenda de 25 de junio de 2026, de modificación del convenio de 1 de octubre de 2024, entre la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras y el Ayuntamiento de Torres de la Alameda, en virtud del cual se instrumenta la concesión directa de una subvención para la prestación...
Hemos encontrado más información de empleo y ayudas relacionados pero están ocultos porque eres un usuario anónimo.
Para ver todo el contenido debes ser un usuario registrado. A continuación podrás iniciar sesión o crear una nueva cuenta.