Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 24-07-2026
Pezuela de las Torres (BOCM-20260724-73)
Ofertas de empleo. Oferta empleo público
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Ofertas de empleo. Oferta empleo públicoBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 378
VIERNES 24 DE JULIO DE 2026
B.O.C.M. Núm. 175
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
73
PEZUELA DE LAS TORRES
OFERTAS DE EMPLEO
Por resolución de Alcaldía, de fecha 25 de junio de 2026, de este Ayuntamiento, se
aprobó la oferta de empleo público correspondiente a la/s plaza/s que a continuación se reseñan para el año 2026.
PERSONAL LABORAL
GRUPO DE
CLASIFICACIÓN
DENOMINACION DE LA
PLAZA
TITULACION
NATURALEZA
C1
C1
FP Superior o media, Bachillerato
Administrativo
Laboral FIjo
1
Oposición
FP Superior o media, Bachillerato
Administrativo
Laboral FIjo
1
Oposición
Promoción Interna
C2
Graduado ESO, Escolar o equiv
Auxiliar de Ayuda a
domicilio
Laboral FIjo
1
Concurso Oposición
Acceso Turno Libre
C1
B/T
Animador sociocultural Laboral FIjo
1
Concurso Oposición
Acceso Turno Libre
VACANTES
SISTEMA DE ACCESO
FORMA DE
PROVISION
Promoción Interna
BOCM-20260724-73
En cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de la Ley Reguladora de
las Bases de Régimen Local; y el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico
del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer
alternativamente o recurso de reposición potestativo ante el alcalde en el plazo de un mes, a
contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con
los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante el
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso
contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido
su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier
otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Pezuela de las Torres, a 25 de junio de 2026.—El alcalde, José Pío Carmena Servert.
(03/12.000/26)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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