Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 27-07-2026
Alcobendas (BOCM-20260727-46)
Régimen económico. Padrones fiscales
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Régimen económico. Padrones fiscalesB.O.C.M. Núm. 177
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 27 DE JULIO DE 2026
Pág. 143
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
46
ALCOBENDAS
RÉGIMEN ECONÓMICO
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de
julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, así como en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, se inicia el período voluntario de pago de los tributos de 2026 que a continuación se indican:
CONCEPTO
PERÍODO VOLUNTARIO DE PAGO DE
LOS RECIBOS NO DOMICILIADOS
TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE GESTIÓN DE RESIDUOS DE COMPETENCIA LOCAL. 1 de septiembre al 20 de noviembre 2026
CONCEPTO
FECHA DE VENCIMIENTO DE
RECIBOS CON PAGO APLAZADO
TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE GESTIÓN DE RESIDUOS DE COMPETENCIA LOCAL.
20 de diciembre de 2026
FECHAS DE CARGO DE LOS RECIBOS DOMICILIADOS
FECHA CARGO EN CUENTA DE LOS RECIBOS DOMICILIADOS MODALIDAD ORDINARIA
FECHA DE CARGO EN CUENTA PARA EMPRESAS DE RENTING .
FECHA DE CARGO EN CUENTA APLAZA6 EN 6 PLAZOS.
a partir del 7 de octubre de 2026
a partir del 20 de diciembre de 2026
- 1º plazo
- 2º plazo
- 3º plazo
- 4º plazo
- 5º plazo
- 6º plazo
1º día hábil de mayo
1º día hábil de junio
1º día hábil de julio
1º día hábil de agosto
1º día hábil de septiembre
1º día hábil de octubre
BOCM-20260727-46
Lugar de pago de los recibos no domiciliados:
Entidades colaboradoras o autorizadas para la recaudación: Banco Bilbao Vizcaya Argentaria (BBVA), Banco Santander, CaixaBank, e Ibercaja.
Formas de pago de los recibos no domiciliados:
a) Pago en efectivo o cargo en cuenta corriente en las entidades colaboradoras.
b) Cheque bancario o cheque conformado, en cuyo caso se deberá hacer efectivo en
CaixaBank, oficina n.o 5986, calle Constitución, n.o 92, Alcobendas.
c) A través de Internet, en la dirección http://www.alcobendas.org
El pago presencial en las oficinas de las entidades colaboradoras se podrá realizar en
los días hábiles y dentro del horario comercial de apertura establecido por cada entidad de
crédito. Y el pago a través de Internet, podrá realizarse todos los días de la semana, las 24
horas al día.
Transcurridos los períodos de pago citados, las deudas serán exigidas por el procedimiento ejecutivo de apremio y devengarán los correspondientes recargos del período ejecutivo, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.
Alcobendas, a 23 de julio de 2026.—El Tesorero, Enrique García Pérez.
(01/12.456/26)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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