Organización y funcionamiento. Delegación funciones
Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 28-07-2026
Griñón (BOCM-20260728-53)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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Organización y funcionamiento. Delegación funcionesB.O.C.M. Núm. 178
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 28 DE JULIO DE 2026
Pág. 177
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
53
GRIÑÓN
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
El Sr. alcalde-presidente del Ayuntamiento de Griñón, por resolución de fecha 17 de
julio de 2026, ha delegado las funciones de Alcaldía en el primer teniente de alcalde, D. Miguel Pereda Navarro, por ausencia del titular, del 19 de julio de 2026 hasta el 6 de agosto
de 2026, ambos inclusive, según el siguiente tenor literal:
RESUELVO
BOCM-20260728-53
“Primero.—Delegar en D. Miguel Pereda Navarro, primer teniente de alcalde, las
funciones de la Alcaldía, en los términos del artículo 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local, desde el día 19 de julio al 6 de agosto (ambos
inclusive).
Segundo.—La delegación comprende las facultades de dirección y de gestión, así
como la de resolver los procedimientos administrativos mediante la adopción de actos administrativos que afecten a terceros, salvo la materialización del pago a través de banca
electrónica, que se llevarán cabo con las claves personales del alcalde sustituido.
La presencia del alcalde sustituido en órganos colegiados supondrá asumir automáticamente las facultades y funciones de la Alcaldía.
Tercero.—El órgano delegado ha de informar a esta Alcaldía a posteriori y en todo
caso, cuando se le requiera para ello, de la gestión realizada y de las disposiciones dictadas
en el período de referencia y con carácter previo, de aquellas decisiones de trascendencia,
tal y como se prevé en el artículo 115 del ROF.
Cuarto.—La delegación conferida, requerirá, para su eficacia, la aceptación del órgano delegado, entendiéndose otorgada tácitamente, si no se formula ante esta Alcaldía expresa manifestación de no aceptación de la delegación, en el término de tres días hábiles,
contados desde el siguiente a aquél en que le sea notificada esta resolución.
Quinto.—La presente resolución será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, dándose cuenta de su contenido en la primera sesión ordinaria del
Pleno que éste celebre y surtirá efectos desde su fecha.
Sexto.—En lo no previsto expresamente en esta resolución, se aplicarán directamente
las previsiones de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local
y del R. D. 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, en cuanto a las reglas que, para la delegación, se establecen en las mismas.
Séptimo.—Comunicar al interesado así como a los distintos departamentos y servicios
municipales”.
Lo que se hace público para general conocimiento.
En Griñón, a 17 de julio de 2026.—El alcalde-presidente, José María Porras Agenjo.
(03/12.136/26)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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