Organización y funcionamiento. Ordenanza

Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 29-07-2026

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Boletín Oficial Comunidad Madrid

Robledo de Chavela (BOCM-20260729-39)

Organización y funcionamiento. Ordenanza

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Contenido de la primera página

Organización y funcionamiento. Ordenanza
Página 1 del anuncio BOCM
Pág. 144

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 29 DE JULIO DE 2026

B.O.C.M. Núm. 179

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
39

ROBLEDO DE CHAVELA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

No habiéndose presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, por
acuerdo de Pleno, de fecha 9 de abril de 2026, queda aprobada definitivamente la ordenanza de conservación, rehabilitación y estado ruinoso de las edificaciones, solares y parcelas urbanas, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora
de las Bases de Régimen Local.
ORDENANZA SOBRE CONSERVACIÓN, REHABILITACIÓN Y ESTADO RUINOSO DE LOS
EDIFICIOS, SOLARES Y PARCELAS URBANAS
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El deber de conservación de las edificaciones constituye uno de los pilares básicos del régimen
jurídico del suelo y de la edificación, encontrando su fundamento en la legislación estatal de suelo y
rehabilitación urbana, así como en la normativa urbanística de la Comunidad de Madrid. Dicho deber
impone a los propietarios la obligación de mantener los inmuebles en condiciones adecuadas de
seguridad, salubridad, accesibilidad y ornato, garantizando así la protección de las personas, los
bienes y el entorno urbano.
Corresponde a los Ayuntamientos, en el ámbito de sus competencias, velar por el cumplimiento
efectivo de dicho deber, mediante el ejercicio de potestades de inspección, control y disciplina
urbanística. Entre los instrumentos de los que disponen las entidades locales para el cumplimiento
de estas funciones se encuentra la Inspección Técnica de Edificios (I.T.E.), concebida como un
mecanismo preventivo y periódico destinado a evaluar el estado de conservación de las
edificaciones, solares y parcelas urbanas.
El municipio de Robledo de Chavela, caracterizado por la coexistencia de edificaciones de diversa
antigüedad y tipología constructiva, presenta un parque edificado en el que resulta necesario
implantar un sistema objetivo, homogéneo y reglado de control del estado de los edificios, con el fin
de anticipar situaciones de riesgo, promover la rehabilitación y el mantenimiento adecuado, y evitar
actuaciones reactivas basadas exclusivamente en situaciones de urgencia o peligro inminente.

La presente Ordenanza tiene por objeto regular el régimen jurídico de la Inspección Técnica de
Edificios en el término municipal de Robledo de Chavela, estableciendo los edificios sujetos a
inspección, los plazos, el contenido mínimo de los informes técnicos, el procedimiento administrativo
aplicable y las consecuencias derivadas de su incumplimiento, todo ello con pleno respeto a la
legislación vigente y a la autonomía local.

BOCM-20260729-39

Aunque la legislación estatal y autonómica no impone taxativamente de forma directa la aprobación
de una ordenanza municipal específica de Inspección Técnica de Edificios, sí habilita expresamente
a los Ayuntamientos para articular reglamentariamente los instrumentos necesarios para garantizar
el cumplimiento del deber de conservación. En este contexto, la aprobación de la presente
Ordenanza responde a los principios de seguridad jurídica, transparencia, proporcionalidad y eficacia
administrativa, dotando tanto a la Administración municipal como a la ciudadanía de un marco
normativo claro y previsible.

Otra información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 29-07-2026

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