Régimen económico. Modificación presupuestaria
Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 29-07-2026
Alcobendas (BOCM-20260729-24)
Régimen económico. Modificación presupuestaria
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Régimen económico. Modificación presupuestariaBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 179
MIÉRCOLES 29 DE JULIO DE 2026
Pág. 121
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
24
ALCOBENDAS
RÉGIMEN ECONÓMICO
El Pleno del Ayuntamiento de Alcobendas, en sesión ordinaria celebrada el día 15
julio 2026, acordó lo siguiente:
Primero.—Aprobar inicialmente el expediente de modificación presupuestaria conjunta bajo las modalidades de Suplemento de Crédito número 04 y Crédito Extraordinario
número 02, con el siguiente desglose por aplicaciones:
ESTADO DE GASTOS
CRÉDITO EXTRAORDINARIO
APLICACIÓN
305/16210/6090
0
DENOMINACIÓN
IMPORTE
Inversión nuevas infraestructuras y
Bienes uso general
Proyecto 2024 0049 412 6
100.000,00 €
TOTAL
100.000,00 €
SUPLEMENTO DE CRÉDITO
APLICACIÓN
DENOMINACIÓN
IMPORTE
305/17101/6290
0
Otras inversiones nuevas asociadas al
funcionamiento de los servicios
262.679,84 €
305/16210/6390
2
Adquisición- Renovación de contenedores
120.000,00 €
407/92020/1500
0
Productividad
400.000,00 €
TOTAL
782.679,84 €
TOTAL SUPLEMENTO DE CRÉDITO y
CREDITO EXTRAORDINARIO
882.679,84 €
ESTADO DE INGRESOS
SUPLEMENTO DE CRÉDITO
87000
DENOMINACIÓN
IMPORTE
Remanente de tesorería para Gastos
Generales
882.679,84 €
TOTAL
882.679,84 €
Segundo.—Que por la Dirección General de Economía se proceda a la ejecución del
acuerdo adoptado, realizando las publicaciones y comunicaciones necesarias para su buen fin.
Tercero.—La tramitación del expediente se realizará con sujeción a los mismos trámites y requisitos que la aprobación del Presupuesto General, en cuanto a la aprobación inicial y exposición al público (plazo de 15 días mediante anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID), reclamaciones, aprobación definitiva, publicación, recursos
y entrada en vigor, conforme establece el artículo 177 del TRLRHL.
Cuarto.—Exponer al público el presente acuerdo a los efectos de reclamaciones que
prevén los artículos 177.2 del TRLRHL. Transcurrido dicho plazo sin presentarse reclamaciones, el expediente se entenderá definitivamente aprobado, sin necesidad de nuevo acuerdo plenario. Si se presentasen reclamaciones, se procedería en la forma indicada en el artículo 169 del TRLRHL.
Los interesados que estén legitimados según lo dispuesto en el citado texto refundido
podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:
— Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: quince días hábiles a partir del
siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID.
— Oficina de presentación: Registro General.
— Órgano ante el que se reclama: Ayuntamiento de Alcobendas.
BOCM-20260729-24
CONCEPTO
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