Control financiero permanente – Acuerdo de 22 de julio de 2026, del Consejo de Gobierno, por el que se sustituye la función interventora por el control financiero permanente en el área de gestión del capítulo 1 del presupuesto de gastos de la Agencia Madrileña de Atención Social

Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 30-07-2026

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Boletín Oficial Comunidad Madrid

A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20260730-1)

Control financiero permanente – Acuerdo de 22 de julio de 2026, del Consejo de Gobierno, por el que se sustituye la función interventora por el control financiero permanente en el área de gestión del capítulo 1 del presupuesto de gastos de la Agencia Madrileña de Atención Social

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Control financiero permanente – Acuerdo de 22 de julio de 2026, del Consejo de Gobierno, por el que se sustituye la función interventora por el control financiero permanente en el área de gestión del capítulo 1 del presupuesto de gastos de la Agencia Madrileña de Atención Social
Página 1 del anuncio BOCM
Pág. 8

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 30 DE JULIO DE 2026

B.O.C.M. Núm. 180

I. COMUNIDAD DE MADRID

A) Disposiciones Generales
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
1

ACUERDO de 22 de julio de 2026, del Consejo de Gobierno, por el que se sustituye la función interventora por el control financiero permanente en el área de
gestión del capítulo 1 del presupuesto de gastos de la Agencia Madrileña de
Atención Social.

La Ley 5/2025, de 23 de diciembre, de Hacienda de la Comunidad de Madrid, atribuye a la Intervención General de la Comunidad de Madrid el ejercicio del control interno de
la gestión económico-financiera del sector público autonómico, con plena autonomía respecto de los órganos y entidades cuya gestión controle.
El control interno se ejerce a través de las modalidades previstas en dicha ley, entre las
que se encuentran la función interventora y el control financiero.
La función interventora tiene por objeto controlar, con carácter previo a su aprobación,
los actos, documentos y expedientes susceptibles de producir derechos u obligaciones de
contenido económico, con la finalidad de verificar su adecuación al ordenamiento jurídico.
El control financiero permanente permite comprobar, de forma continuada y sistemática, que la gestión económico-financiera se ajusta a la normativa aplicable y a los principios de buena gestión financiera.
El artículo 116.3 de la Ley 5/2025, de 23 de diciembre, habilita expresamente al Consejo de Gobierno para sustituir la función interventora por el control financiero permanente respecto de toda la actividad de un organismo o de algunas áreas de gestión.
En el área de gestión del capítulo 1 del presupuesto de gastos de la Agencia Madrileña
de Atención Social, relativo a gastos de personal, concurren circunstancias que justifican dicha sustitución. La gestión ordinaria de nóminas y demás gastos de personal presenta un carácter periódico, recurrente y esencial para el funcionamiento ordinario del organismo conforme a reglas jurídicas, presupuestarias y procedimentales predeterminadas.
En concreto, la gestión de nóminas, por su propia naturaleza, es una actividad integrada por un volumen elevado y continuado de actuaciones de contenido homogéneo, asociadas a situaciones administrativas, retribuciones, cotizaciones, altas, bajas, incidencias, variaciones y demás elementos integrantes de la nómina. Estas características permiten
considerar que la aplicación del control financiero permanente constituye una modalidad de
control que permite verificar la regularidad de dicha gestión, al posibilitar actuaciones de
control planificadas, sistemáticas, selectivas y próximas en el tiempo, sin menoscabo de la
legalidad ni de las garantías propias del control interno.
Asimismo, corresponde a la Intervención General de la Comunidad de Madrid como
órgano directivo de control interno, la planificación, dirección y coordinación de los controles y la aprobación de las instrucciones necesarias para su adecuada implantación y desarrollo.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116.3 de la Ley 5/2025,
de 23 de diciembre, de Hacienda de la Comunidad de Madrid, a propuesta de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, el Consejo de Gobierno, previa deliberación en su
reunión del día 22 de julio de 2026,

Primero
Objeto
La sustitución de la función interventora por el control financiero permanente en el
área de gestión del capítulo 1 del presupuesto de gastos de Agencia Madrileña de Atención
Social, en los términos previstos en el presente Acuerdo.

BOCM-20260730-1

ACUERDA

Otra información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 30-07-2026

B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20260730-6)

Puesto libre designación – Orden de 21 de julio de 2026, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueba convocatoria pública para la provisión de varios puestos de trabajo vacantes en la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por el procedimiento de Libre Designación

D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD - HOSPITAL UNIVERSITARIO “INFANTA LEONOR” (BOCM-20260730-22)

Formalización contrato – Resolución de 17 de julio de 2026, de la Dirección-Gerencia del Hospital Universitario “Infanta Leonor”, por la que se hace pública la formalización del contrato titulado «Servicio de gestión integral de prótesis y adquisición de etiquetas RFID para el Hospital Universitario “Infanta Leonor”»

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